Un acusado de cargar cien mil euros en gastos personales a una funeraria de Mallorca: “Podía cargar cualquier gasto personal sin límites”
El hombre efectuó pagos en supermercados, restaurantes, estancos, Netflix o videojuegos a cuenta de la empresa de servicios funerarios
Una socia de la entidad niega haberle autorizado a hacer cargos personales: “El banco me embargó por sus impagos, ahora me reclaman 32.000 euros”

El hombre acusado, durante el juicio celebrado ayer en la Audiencia de Palma. / B. P.

Un hombre acusado de cargar cien mil euros en gastos personales a una funeraria que estuvo ubicada en Bunyola años atrás alegó ayer en el juicio en la Audiencia de Palma que estaba autorizado para cualquier tipo de dispendio. “Yo podía cargar cualquier gasto personal sin límites. Nunca se habló de límites, jamás. Todo era de mutuo acuerdo. Los límites reales estaban en las tarjetas de crédito”, manifestó ante el tribunal de la Sección Primera.
El sospechoso efectuó pagos en supermercados, restaurantes, estancos, colegios y también por comida a domicilio, videojuegos o la suscripción periódica a Netflix entre 2019 y 2021 a cuenta de la empresa Serveis Funeraris La Pau Bunyola SL, de la que era administrador único y socio al 50% junto con otra socia, que ostentaba la otra mitad de la sociedad, y que resultó perjudicada.
Esta mujer negó en rotundo ayer al mediodía haberle autorizado y haber consentido todos esos cargos personales. “El banco me embargó por sus impagos. Todos esos cargos los hacía él. Las cuentas del banco estaban en números rojos, él me decía que no me preocupara, que estaba solucionado. Hoy en día me están reclamando 32.000 euros. Todo esto me ha provocado dos isquemias cerebrales”, destacó la afectada.
El fiscal solicitó para el encausado una condena de tres años y medio de prisión por un delito de apropiación indebida, además de una multa. En concepto de responsabilidad civil, el ministerio público interesó que el hombre indemnice a Serveis Funeraris La Pau Bunyola SL en más de 99.000 euros.
El letrado de la acusación particular, Eduardo Morey, reclamó ocho años de cárcel por apropiación indebida e insolvencia punible y también una compensación económica de casi cien mil euros. Mientras, el abogado defensor, Federico Morote, solicitó la libre absolución de su cliente. La defensa, al principio del juicio, planteó una excusa absolutoria al mantener que su representado y la socia perjudicada fueron pareja, extremo que rechazó de forma tajante la mujer. El caso quedó visto para sentencia.
“En 2018, ella entró en la sociedad. Me compró el 50% de mis participaciones. Ella llevaba la parte jurídica y contable. Cuando ella trabajaba en la empresa, sacamos dos tarjetas de crédito para gastos personales hasta que a principios de 2019 ella dejó de trabajar en la sociedad. Ella se desvinculó cuando yo no quise seguir una relación con ella. Ella se desvinculó de todo, no quería saber nada, así me lo dijo. Ella siguió con el 50% de las participaciones”, declaró el acusado.
¿Cargos consentidos?
“Los cargos eran consentidos por ella. Siempre ha estado al tanto de todo. En marzo de 2019 se bloquearon las dos tarjetas. Yo luego pedí otra tarjeta en otro banco cuando ella se fue. Yo podía cargar cualquier cargo personal. Ella tenía acceso a las cuentas de los dos bancos, tenía las claves, ella hacía todos los movimientos. Con la última tarjeta prácticamente todos los gastos eran de la empresa”, insistió el hombre. “Ella hacía exactamente lo mismo, con cantidades similares”, aclaró.
“No era la funeraria más grande del mundo, pero tampoco la más pequeña”, justificó el encausado. “Yo acordé las subidas de sueldo desde el desconocimiento, no sabía que tenía que rendir cuentas a ella”, admitió.
El hombre indicó que ambos mantuvieron una relación sentimental que no llegó al año: “Hicimos un viaje juntos a Valencia y Madrid y otro a Sevilla”.
Por su parte, la perjudicada recalcó que esos desplazamientos fueron por trabajo. “Jamás he tenido una relación sentimental con él. Llevo más de doce años con mi marido”, apuntó.
“Se sacaron dos tarjetas para temas laborales, no para gastos personales. Yo no tenía acceso a la cuenta del segundo banco. No le autoricé para esos cargos. Nunca he hecho yo un gasto personal, ni una retirada en efectivo. Si le hubiera autorizado, yo entonces hubiera hecho lo mismo. Además, él solo le subió el sueldo a la madre de su hijo, a su cuñado y a él mismo”, explicó la afectada.
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