El Govern rebaja la normativa urbanística para los hoteles que se modernicen en zonas maduras de Baleares
El borrador del decreto de medidas para la contención blinda a los alojamientos y resto de establecimientos turísticos hasta junio de 2029
Se permitirá legalizar obras ilegales y ampliaciones del 10 %, e incluso transitoriamente hasta el 15 %

Los consells serán los que dicten qué zonas son maduras o saturadas, en la imagen Platja de Palma. / Manu Mielniezuk

El Govern pretende rebajar la normativa urbanística para los alojamientos turísticos existentes que se modernicen, incluidos los hoteles, entre otros, en las zonas declaradas como maduras o saturadas y de reconversión. Las solicitudes para reformas que se presenten antes del 1 de junio de 2029 blindarán dichas instalaciones de los «parámetros de planeamiento territorial, urbanísticos y turísticos que impidan la ejecución».
Así se desprende de un borrador del decreto de medidas para la contención, contra la oferta ilegal y para la calidad turística que, en principio, se aprobará el viernes en el Consell de Govern, al que ha tenido acceso este diario. De esta manera, el Ejecutivo de Marga Prohens cumpliría con su compromiso de poner en marcha la norma antes del inicio de la temporada turística.
Además, con el decreto ley se permitirá legalizar obras ilegales en los establecimientos y ampliaciones de la superficie edificada de hasta un 10 %, e incluso de forma transitoria hasta el 15 %.
Se modifica la disposición adicional cuarta de la ley Delgado que tanto aplaudió el sector
Estas son algunas de las medidas que incluyen los populares en la modificación de la disposición adicional cuarta de la ley turística de 2012, la conocida como ley Delgado. Permitirá modernizar establecimientos turísticos «de alojamiento, turisticoresidenciales, de restauración o de entretenimiento». Estas modernizaciones se centrarán en las zonas declaradas de reconversión -hasta ahora denominadas zonas maduras- o saturadas y de reconversión.
Aprovechar el subsuelo
Como se recoge, las solicitudes de modernización de establecimientos turísticos presentadas antes del 1 de junio de 2029 «quedan excepcionalmente excluidas de los parámetros de planeamiento territorial, urbanísticos y turísticos que impidan la ejecución», si su objeto es mejorar las instalaciones, ya sea para potenciar la desestacionalización, nuevos segmentos del mercado o la sostenibilidad medioambiental.
Así las cosas, se permitirá «la reordenación o reubicación de volúmenes existentes o el aprovechamiento del subsuelo» en los establecimientos, «salvo» para usos de alojamiento.
Más alojamientos
Por otro lado, el decreto ley viene a legalizar proyectos fuera de ordenación, en el caso de que se haya realizado la modernización antes de entrada en vigor de esta disposición, si el inicio de las obras fue «después del 21 de julio de 2012» y cumple con los requisitos. Al establecimiento se le emitirá un informe previo para «tramitar el correspondiente expediente de legalización» de las obras.
El aumento de la superficie edificada se permite "en cualquier tipo de suelo"
Además, los establecimientos «implantados en cualquier tipo de suelo» pueden incrementar la superficie edificada y de ocupación sin poder exceder un 10 % de lo legalmente construido. Se permiten «obras, ampliaciones, reformas, demoliciones y reconstrucciones parciales o totales».
Otro punto señala que en el caso de que la ampliación de los establecimientos sea por «agregación de parcelas confrontadas» con uso turístico u otro que marque esta disposición cuarta, se puede destinar a cualquier tipo de uso turístico, «incluido el de alojamiento».
Habitaciones de personal
Cuando la parcela agregada que se acoja a esta disposición no sea limítrofe y se sitúe a una distancia máxima de 100 metros del acceso principal del establecimiento cabrá «una transferencia de edificabilidad entre parcelas». En este caso se podrá dedicar a habitaciones de personal o bien a otras instalaciones complementarias para uso de la clientela.
Por lo demás, del incremento de edificabilidad y ocupación, y del aprovechamiento del subsuelo que se introduce en este decreto ley del Govern también se podrán beneficiar los nuevos establecimientos.
Los nuevos establecimientos se podrán beneficiar del incremento de edificabilidad
Más allá de que la nueva redacción de la disposición adicional cuarta de la anterior ley turística del PP permite más ampliaciones y legalizaciones de obras ilegales, el Ejecutivo de Marga Prohens recupera, de forma transitoria, un artículo de otra ley que aprobó el Pacto de Progreso al inicio de la pandemia para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la covid. Es el relativo a incentivos para la mejora de los establecimientos turísticos y permite, entre otras cosas, que el porcentaje de ampliación de la edificabilidad se incremente hasta el 15 % si lo acuerdan los consells.
Este camino fue el utilizado para las últimas reformas llevadas a cabo, y en 2020 sirvió para dinamizar la economía balear, paralizada por la pandemia.
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