Piden tres años de cárcel a la dueña de un piso en Palma por estafar a su inquilina de 81 años para echarla
La anciana, que llevaba viviendo en la casa en el barrio de Santa Catalina desde 1969 con un contrato de renta antigua, salió de su domicilio con la excusa de unas obras y ya no pudo volver

La Audiencia de Palma juzgará la presunta estafa a la inquilina octogenaria que fue desalojada de su piso. / D.M.

La fiscalía reclama una pena de tres años de prisión para la dueña de un piso de Santa Catalina, en Palma, por presuntamente estafar a su inquilina a finales de 2020, cuando esta contaba 81 años, para echarla de su hogar.
La anciana, que llevaba viviendo en esa casa desde 1969 en virtud de un contrato de renta antigua, salió de su domicilio con la excusa de unas obras que en teoría no iban a superar los tres meses y ya no pudo regresar.
Además de la propietaria del inmueble, está acusada también su representante o intermediaria, quien también se enfrenta a una petición de condena de tres años de cárcel y una multa por un delito de estafa agravada.
La Audiencia de Palma tenía previsto celebrar ayer por la mañana una vista previa por este caso de supuesto mobbing inmobiliario, pero las partes personadas no alcanzaron un acuerdo, por lo que el juicio se pospuso.
La acusación particular solicita a ambas encausadas sendas penas de cinco años de prisión, multa y una indemnización de 100.000 euros en favor de la arrendataria por “haberla privado de poder realizar su vida cotidiana en la vivienda que venía siendo su hogar desde 1969 y a la que tenía derecho a vivir hasta su fallecimiento al amparo del contrato de arrendamiento suscrito, más el daño moral ocasionado por todo ello”.
La octogenaria afectada se vio obligada a dejar su casa en diciembre de 2020 y se trasladó a vivir a la vivienda de un familiar. Después de más de cuatro años, no ha podido volver al piso del barrio de Santa Catalina, en Palma.
Urdieron un plan
Según la versión de la fiscalía, la dueña del inmueble, ubicado en una conocida calle de Santa Catalina, así como su representante, se pusieron de acuerdo y urdieron un plan para que la inquilina, de 81 años y que se había subrogado al alquiler de renta antigua tras el fallecimiento de su esposo, desocupara la casa en la que había estado viviendo cincuenta años y finalmente no permitirle el regreso.
De este modo, al amparo de unas obras para la habitabilidad de la finca de pisos que podrían haberse ejecutado, según el fiscal, sin que la arrendataria abandonara su domicilio, la propietaria suscribió con la inquilina en fecha 1 de diciembre de 2020 un acuerdo de desalojo y regreso a la vivienda que “no tenía intención de cumplir en ningún momento”.
Según la tesis del ministerio público, este convenio lo entregó la segunda encausada, la intermediaria, a la inquilina ya firmado en nombre de la dueña del piso, desconociéndose si lo suscribió esta última personalmente o bien lo hizo una tercera persona a su instancia.
En este acuerdo se pactaba que la duración prevista de las obras era de un máximo de tres meses y que, transcurrido ese plazo, la anciana podría regresar al inmueble de manera inmediata y sin previo aviso.
Además, se estipuló que, si las obras duraban más de tres meses, la inquilina tendría derecho a que se le facilitara otra vivienda o se le abonara en su cuenta 50 euros diarios para que hiciera uso de una habitación de hotel.
Hoy en día, habiendo transcurrido más de cuatro años, los trabajos de rehabilitación en el inmueble no han concluido, por lo que se le ha imposibilitado a la octogenaria que pudiera volver a su hogar.
De forma paralela, la inquilina afectada interpuso una demanda por incumplimiento de contrato en reclamación de la indemnización de 50 euros diarios por el tiempo que sobrepasaba de los tres meses acordados mientras durasen las obras y que finalizó el 1 de marzo de 2021.
Esta demanda dio lugar a un juicio verbal en un juzgado de primera instancia de Palma, que se encuentra suspendido debido al procedimiento penal abierto al haber alegado la dueña del piso que la firma que se le atribuye en el acuerdo de desalojo ha sido falsificada, según el relato de la acusación pública.
El fiscal detalla que no se ha acreditado la mendacidad de la firma, ya que la propietaria de la vivienda, pese a ser debidamente citada, no ha comparecido para realizar la pericial caligráfica ordenada judicialmente. Por todo ello, el ministerio público considera que los hechos constituyen un delito de estafa agravada al recaer sobre vivienda habitual. Además de pedir sendas condenas de tres años de cárcel y multa, solicita que las acusadas indemnicen a la octogenaria a razón de 50 euros diarios por cada día transcurrido desde el pasado 1 de marzo de 2021, fecha límite de finalización de las obras.
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