El Govern endurece las medidas contra los yates ‘piratas’ y la masificación de las aguas baleares
Prepara un decreto que veta el alquiler temporal de barcos de uso privado y exige a los que llegan de fuera un punto de amarre y autorización para dejar residuos

El Govern prepara medidas contra la masificación y el intrusismo en aguas baleares / M. Mielniezuk

El sector de alquiler de embarcaciones está creciendo a un ritmo excesivo con la llegada de yates que el propio sector califica de ‘piratas’, a lo que hay que sumar los problemas de masificación de las aguas que rodean Balears, según reconoce el director general de Puertos y Transporte Marítimo, Antoni Mercant. Para hacer frente a este problema el Govern tiene la intención de aprobar un decreto que endurece las condiciones para el ejercicio de esta actividad, de forma que solo pueda ser desarrollada por barcos profesionales y que cumplan con los requisitos que fija la legislación. Esta nueva normativa, que se quiere que esté en vigor durante el próximo verano, recibe el apoyo de las empresas del sector, según pone de relieve el presidente de la asociación de chárter náutico de APEAM, José María Jiménez.
Mercant subraya que la anterior normativa sobre esta materia tiene ocho años de antigüedad y se ha visto superada por la «enorme actividad» que se ha desarrollado durante los últimos ejercicios, también con un efecto ‘botella de champán’ tras la pandemia. Por ello, destaca la necesidad de hacer una modificación que se ha planteado prácticamente como si fuera un decreto nuevo.

El Govern destaca el crecimiento en Balears de la actividad de embarcaciones de recreo / G. Bosch
Nuevas medidas
Entre las medidas que se van a incorporar figura la prohibición de que en barco para uso privado (lista séptima) pueda ser alquilado como si fuera de chárter (lista sexta) durante algunos meses al año, pese a que el Gobierno central pretende dar luz verde a esta posibilidad a partir de este año, una decisión que había generado la alarma en el sector y que ha contado con el rechazo tanto del PP como del PSOE balear. El Govern se aferra a las competencias que tiene materia de alquiler de embarcaciones de recreo en el territorio autonómico.
Eso supone que un yate de uso privado podrá pasar a embarcación de alquiler, pero de forma permanente y no solo para aprovecharse de la temporada turística con el fin de conseguir una elevada rentabilidad precisamente durante los meses de mayor saturación de las aguas baleares.

Antoni Mercant, director general de Transporte Marítimo / B. Ramón
Sobre este punto, se añade que el hecho de disponer de autorización para chárter en otra comunidad autónoma no habilita para desarrollar esta actividad en el archipiélago.
Una segunda novedad es que cualquier embarcación que se quiera destinar al alquiler deberá contar con un punto de amarre en algún puerto de las islas o en una boya para fondeo regulado, pero siempre con autorización para embarcar personas y depositar residuos, con el fin de controlar entre otros puntos que no se producen vertidos al mar. En el caso del acceso de los pasajeros a los grandes barcos superiores a los 20 o 25 metros de escora, que muchas veces no caben en un puerto, se permite el uso de las pequeñas embarcaciones auxiliares.

José María Jiménez, presidente de APEAM-Chárter / APEAM
Yates extranjeros
Cualquier yate extranjero que quiera ser alquilado en las islas deberá contar con un consignatario o representante en España al que se puedan remitir las correspondientes notificaciones. José María Jiménez pone en valor que de esta forma habrá alguien que asuma la responsabilidad en el caso, por ejemplo, de que un barco causa daños a otro o cometa una infracción.
Además, cuando una embarcación se comercialice para alquiler a través de páginas web, deberá identificar el número de registro de su declaración responsable para comprobar que está autorizada para esa actividad.
Por su parte, los barcos para chárter no podrán ofrecerse por plazas individuales (tiquets) para no invadir la actividad de los que se comercializan para excursiones (lista segunda).
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