La ley contradice a Núria Riera: solo puede ejercer de portavoz del PP "fuera de su jornada de trabajo en la Administración"
El deber inexcusable para ausentarse de su puesto de funcionaria solo puede alegarse si se trata de asistencia a reuniones de órganos de gobierno y comisiones dependientes, por lo que no incluye ni las ruedas de prensa ni las tertulias

Nuria Riera, ayer en el Consell. / Guillem Bosch

La portavoz del Partido Popular en el Consell de Mallorca, Núria Riera, ha abandonado su puesto de trabajo como jefa del servicio de Gestión del personal laboral y acción social de la Dirección general de Función Pública hasta en 25 ocasiones. Este diario desveló ayer que Riera se ha ausentado de su labor como funcionaria en al menos 14 ocasiones entre enero y junio de 2024, si bien el número es mayor al contabilizar también el último trimestre del año pasado.
La ley de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en el caso de miembros de las corporaciones locales con dedicación parcial, como es el caso de Riera, detalla que pueden percibir retribuciones por esta labor "siempre que sea fuera de su jornada de trabajo en la Administración". Esto no sucede en el caso de Riera porque la política popular utiliza su horario laboral como funcionaria para ejercer de portavoz del PP, incumpliendo la ley.
La consellera de Presidencia, Antònia Maria Estarellas, ya explicó en su comparecencia del pasado martes en el Parlament que la legislación permite que las personas en esta situación puedan compatibilizar ambas actividades y que aquellas que estén en dedicación parcial pueden ser retribuidas por ello siempre y cuando lo hagan fuera de su horario como funcionario.
Estas ausencias se deben a su participación en ruedas de prensa, tertulias políticas y otros actos públicos relacionados con su labor como portavoz del PP, a pesar de que estas actividades no pueden ser justificadas como deber inexcusable, ya que solo hacen referencia a la asistencia a reuniones de órganos de gobierno y comisiones dependientes. Según la ley, en su caso el deber inexcusable solo puede alegarse si se trata de asistencia a reuniones de órganos de gobierno y comisiones dependientes, por lo que ni las ruedas de prensa ni las tertulias entran en este apartado.
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