El santuario de Lluc, ‘salvado’ por ahora para su explotación turística
Mientras el Consell de Mallorca instruye su expediente por incumplir la normativa puede operar como hospedería tras haber presentado la declaración responsable con la que no cumplió dentro de plazo
La normativa vigente, en concreto un decreto que desarrolla la ley Delgado, regula este tipo de establecimiento que ya estaba en funcionamiento

Los ciclistas son habituales en la hospedería de Lluc, que ya ha presentado la DRIAT de su hospedería. / Manu Mielniezuk

El santurio de Lluc está 'salvado’ por ahora para seguir con la actividad turística de su hospedería mientras el Consell de Mallorca instruye un expediente sancionador por la explotación ilegal de las 268 plazas del establecimiento, como informó este diario el pasado mayo. Inspectores de la institución insular levantaron un acta al recinto religioso por no estar inscrito en el Registro de establecimientos, empresas y actividades turísticas y contravenir así la ley de Turismo. El Consell, la autoridad competente en ordenación turística, aclara que el santurario ya presentó la declaración responsable de inicio de actividad turística (DRIAT).
Además, desde el departamento de Turismo se explica que existe una normativa vigente que prevé que Lluc puede operar como hospedería, se trata de un decreto de 2015, cuando Jaime Martínez, actual alcalde de Palma, era conseller de Turismo en el Goverrn. Desarrollaba la ley Delgado de 2012 e incluye regulación sobre este tipo de establecimientos religiosos, y en concreto los que ya estaban en funcionamiento, como Lluc.
En mayo, cuando saltaron las alarmas porque el santuario explotaba ilegalmente su hospedería para peregrinos como un hotel y apartamentos vacacionales, promocionándose en plataformas y agencias turísticas, las autoridades eclesiásticas trataron de minimizar la polémica. El obispo, Sebastià Taltavull, insistio en que desde hace años piden al Govern una normativa específica para las hospederías y otros alojamientos de carácter religioso. Desde el Govern y el Consell se transmitió que se trataría de buscar encaje jurídico a la situación irregular de Lluc. A la infracción de no contar con la DRIAT obligatoria sumaba que no podía adquirir las 268 plazas que explota por la moratoria turística vigente que impedía que el santuario de la Serra de Tramuntana pudiera adquirir las plazas en el Consorcio Bolsa Alojamientos Turísticos (CBAT).
Transcurridos estos meses, desde el departamento del conseller Marcial Rodríguez se explica que el santuario de Lluc ya presentó la declaración responsable como hospedería y ahora "sigue los trámites de cualquiera que presente una DRIAT" y "según la ley puede ejercer la actividad desde el momento de su presentación".
En contra de lo que se sostuvo en su día no hace falta crear ninguna normativa específica para Lluc, aclara el Consell
Y es más, Turismo, en contra de lo que se sostuvo en su día, señala que no hace falta crear ninguna normativa específica en este caso concreto de Lluc porque la legislación vigente prevé que pueda operar como hospedería según la disposición transitoria quinta del decreto 20/2015, que entre otros asuntos legisla sobre la regulación y clasificación de los establecimientos turísticos desarrollando la ley de 2012.
Un año de plazo
A las hospederías (artículo 105) se les considera empresas turísticas de alojamiento y por ello se les obliga a su inscripción en el registro mediante la presentación de la DRIAT. Según el decreto, aquellas que ya estaban en funcionamiento, como Lluc, tenían que presentar dicha declaración, que "es el reflejo de una actividad que ya venía realizándose con anterioridad a la entrada en vigor de esta norma", subrayan desde el Consell. De ahí que no sea necesario hacer ningún nuevo reglamento.
El incumplimiento por parte del santuario con la normativa viene porque disponía de un año desde la entrada en vigor del decreto (data de abril de 2015) para presentar la DRIAT de su hospedería y quedar inscrita en los registros turísticos. "Esto es lo que no se hizo en plazo y por eso en 2024 se les levantó acta". "Incumplieron entonces el plazo, pero no pierden el derecho", aclara Turismo.
Sobre que las autoridades eclesiásticas no dispongan de plazas turísticas, el Consell alega que aquella norma "no establecía las consecuencias" de no presentar "en el plazo de un año" la declaración responsable "ni que la presentación conllevase la compra de plazas".
De cualquier forma, la disposicion transitoria quinta sobre hospederías del citado decreto también recoge que "la Administración turística competente, a propuesta de la Comisión de Valoración de Dispensas, puede dispensar del cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos por causa justificada". Es decir, parece que se abre una puerta para que la normativa se ajuste a la medida de la irregular situación de la empresa turística que es es el santuario de Lluc.
Suscríbete para seguir leyendo
- La anciana asesinada por su marido en Puigpunyent iba a firmar la venta de la casa el día del crimen
- Okupar una caseta de aperos en una finca no constituye ningún delito
- El asesino de Puigpunyent llamó a sus hijos tras el crimen: «Le he pegado un tiro a tu madre y está muerta»
- El asesino de Puigpunyent: un empresario de éxito muy aficionado a la caza
- La madre de una menor con síndrome de Down en Mallorca: «La educación especial excluye a los niños como mi hija»
- Piden tres años de cárcel a la dueña de un piso en Palma por estafar a su inquilina de 81 años para echarla
- Una fuerte tormenta provoca la caída de dos árboles en Can Pastilla
- Dos barriadas de Palma, entre las más caras de España para comprar vivienda en España