El fiscal cree que el comportamiento de Le Senne fue censurable, pero no delictivo

Reclama el archivo del caso porque interpreta que el presidente del Parlament no quiso atentar contra la memoria de las víctimas represaliadas

El fiscal destaca que Le Senne se disculpara cuando acudió a declarar

El fiscal destaca que Le Senne se disculpara cuando acudió a declarar

La fiscalía de Palma ha pedido el archivo de la causa por un presunto delito de odio contra el presidente del Parlament, Gabriel Le Senne, como consecuencia de su reacción al romper la fotografía de una víctima represaliada en durante la dictadura, en la sesión parlamentaria en la que se debatía la derogación de la ley de memoria histórica.

Este escrito, presentado ante el juzgado de instrucción número 1 de Palma, que ya tomó declaración como investigado al presidente de la Cámara, lo firma el fiscal José Díaz Cappa, que interpreta, basándose en el análisis de las imágenes del incidente, que el comportamiento de Gabriel Le Senne fue un “gesto excesivo, incontrolado y evitable”, pero que de ningún modo representa un delito de odio.

Citando la interpretación de una sentencia del Supremo dictada en el año 2018, la fiscalía concluye que no hubo por parte del político de Vox ninguna voluntad de “lesionar la dignidad y la memoria” de las víctimas de la represión franquista. Ni interpreta tampoco que su actuación tuviera ninguna motivación discriminatoria.

El largo informe que ha elaborado el fiscal señala que lo que protege el delito es la dignidad de la persona y su integridad moral. Y la ley, para poder perseguir este delito, requiere una serie de condiciones. Por una parte, debe tratarse de un acto “claro e inequívoco” con contenido vejatoria. Se debe producir un padecimiento físico o psíquico, y debe existir un comportamiento degradante o humillante hacia la víctima. Ninguno de estos requisitos considera el fiscal que se han cometido en el comportamiento de Le Senne.

Aunque no cree que el político cometiera un delito de odio, el fiscal sí censura su comportamiento durante el debate parlamentario. Así, interpreta que se trató de “un acto colérico de mala práxis y formas incorrentas”, al tiempo que considera que su reacción fue “desafortunada y desproporcionada, ajena al mínimo decoro parlamentario y al puesto ejercido”.

El fiscal censura el comportamiento de Le Senne, por su reacción “fuera de lugar”, pero lo sitúa más bien en una simple “expresión de enojo” ante el incumplimiento de las parlamentarias del PSIB, Mercedes Garrido y Pilar Costa, de quitar la fotografía de las mujeres represaliadas del Molinar, entre las que había Aurora Picornell. En cualquier caso, el presidente consideraba que esta orden le correspondía por su cargo.

En este informe entregado en el juzgado el fiscal cita la declaración que realizó Le Senne ante el juez, en la que reconoció que su acto fue “inapropiado” y que incluso podía entender el malestar de las familias de las mujeres represaliadas. De hecho, el político pidió perdón, pero insistió ante el juez que nunca quiso injuriar a nadie, sino solo aplicar el reglamento.

El fiscal también valora que ni antes, ni durante, ni después de este incidente el presidente del Parlament profiriera insultos contra las mujeres que aparecían en la fotografía que destrozo. Por ello, el Ministerio Público interpreta que se trato de “una injusta y empecinada reacción” frente a la negativa de las dos parlamentarias socialistas de no retirar la fotografía de las mujeres asesinadas durante la dictadura franquista. Y en este sentido, en su informe insiste en que la fiscalía no interpreta que esta reacción obedeciera a una “motivación discriminatoria y excluyente”.

Para justificar aún más esta petición de archivo el fiscal Díaz Cappa recuerda que en la bancada de los diferentes grupos de la oposición se exhibieron fotografías de represaliados y ello fue permitido por la presidencia del parlament. Por tanto, considera que a Le Senne lo único que le molestaba era la fotografía que se colocó en la Mesa del Parlament.

El fiscal considera que es comprensible socialmente el sentimiento de rechazo e indignación, sobretodo por parte de los familiares, ante este acto durante el debate parlamentario. Sin embargo, esta indignación no justifica que el Le Senne tuviera voluntad de lesionar la dignidad de las víctimas, ni tampoco que actuar con una motivación discriminatoria. Por ello, la fiscalía concluye su escrito calificando los hechos como un “gesto excesivo, incontrolado y evitable”, pero no delictivo.

Este escrito de exculpación no supone que el caso vaya a ser archivado, ni que el presidente del Parlament vaya a evitar sentarse en el banquillo de los acusados. Ello se debe a que las acusaciones particulares y populares han pedido continuar con el caso porque interpretan que el presidente del Parlament sí cometió un delito de odio.

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