La exdirectora de la cárcel de Palma alega que se “traspapeló” la resolución del traslado de Cursach a la prisión de Alicante

María Jesús de Dios declaró ayer por videoconferencia ante la jueza en calidad de investigada por prevaricación y falsedad documental

La antigua responsable del centro penitenciario indica que la notificación del traslado la destruyó un funcionario “por error”

María Jesús de Dios (a la izquierda), en una reunión con María Salom, en una imagen de archivo.

María Jesús de Dios (a la izquierda), en una reunión con María Salom, en una imagen de archivo. / D.M.

B. Palau

B. Palau

La exdirectora de la cárcel de Palma, María Jesús de Dios, alegó ayer ante la jueza que “se traspapeló” la resolución del traslado de Bartolomé Cursach, el conocido empresario de la noche que fue absuelto por la Audiencia de Palma, a la prisión de Alicante II, en Villena, a mediados de 2017.

La antigua responsable del centro penitenciario palmesano prestó declaración ayer al mediodía durante casi una hora a través de videoconferencia desde Madrid ante la magistrada del juzgado de instrucción número 6 de Palma. De Dios había sido citada para comparecer en calidad de investigada por un presunto delito de prevaricación administrativa en concurso con otro delito de falsedad documental en documento público.

La exdirectora solo respondió a las preguntas de su defensa, el abogado del Estado, y a las que le formuló la magistrada, pero se negó a contestar al letrado de la acusación particular, Vicente Campaner, que fue quien interpuso la querella contra ella en octubre de 2023 en representación de Cursach.

María Jesús de Dios manifestó que la notificación del cambio de prisión la destruyó un funcionario del centro penitenciario de Palma “por error”. Según su versión, se le comunicó a Cursach, en aquel entonces en prisión preventiva, el traslado a la cárcel de Alicante, si bien el funcionario destruyó la notificación por equivocación.

La antigua responsable de la cárcel recordó que en aquellas fechas, a mediados de 2017, recibió una llamada del entonces magistrado del juzgado de instrucción número 12 de Palma, Manuel Penalva, condenado posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Balears, en la que le decía que otro recluso, ‘El Ico’, hijo de la popular matriarca de Son Banya, ‘La Paca’, que fue testigo de la macrocausa del caso Cursach y que ha acabado imputado por falso testimonio, había explicado que había sido amenazado por el magnate de la noche. En esos momentos, ambos se hallaban encarcelados en el mismo centro, en la capital balear.

De Dios reconoció ayer en su declaración judicial que estuvo un año dirigiendo el centro penitenciario de Palma. Según su versión, tenía un acuerdo para estar un año como directora en la cárcel mallorquina, desde enero a diciembre de 2017. Por tanto, descartó que su salida tuviera que ver con el caso Cursach.

La primera vez que dirigía una cárcel

La investigada también admitió que era la primera vez que dirigía una prisión, ya que en ocasiones anteriores había trabajado en otros centros como subdirectora.

Su defensa aportó hace escasos días nueva documentación sobre el caso. Entre las pruebas facilitadas figuraba la propuesta formulada por el Consejo de Dirección del centro penitenciario de Palma, de fecha 30 de mayo de 2017, en la que se hace referencia al traslado de prisión de Cursach.

Sin embargo, la querella hace hincapié en que no existe ni la resolución del traslado ni la notificación efectuada al empresario, que fue finalmente conducido el 5 de junio de 2017 hacia el centro penitenciario de máxima seguridad de Alicante II, en Villena. Por ello, considera que se han vulnerado derechos fundamentales como el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho de defensa, ya que se privó al interno y a su defensa del acceso al acuerdo de traslado y no pudieron formular las pertinentes alegaciones.

De hecho, la Audiencia de Palma anuló en noviembre de 2017 el traslado de Cursach a la cárcel de Alicante II, por lo que el empresario regresó a la prisión de la isla. La sección primera concluyó que “al no constar el acuerdo de traslado del interno ni su notificación al mismo se constata la vulneración de derechos fundamentales por falta de motivación; desviación de poder en el uso de las facultades que el Reglamento Penitenciario reconoce a la Administración al haber prescindido del trámite fundamental cual es el dictado del acto administrativo motivado de traslado, extremo que determina que la decisión de facto sea arbitraria produciendo indefensión”.

La querella reclama una indemnización de 100.000 euros por el daño moral ocasionado, ya que el empresario tuvo que estar preso en un centro de máxima seguridad en la península, con unos horarios muy estrictos, lejos de su familia, que no podía visitarle con frecuencia, y tuvo que prescindir también de cuidados médicos.

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