Problema social

Los jueces avalan la expropiación de pisos de grandes tenedores en Baleares para vivienda social

El Tribunal Superior da la razón al Govern de Armengol, que acordó por ley utilizar las casas propiedad de fondos de inversión para darles un fin social y garantizar el derecho a disponer de un inmueble

Las cuatro casas expropiadas están ubicadas en Santa Eulália de Ibiza

Las cuatro casas expropiadas están ubicadas en Santa Eulália de Ibiza

Palma

La expropiación de pisos vacios propiedad de grandes tenedores en Baleares para destinarlos a vivienda social es legal. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJB) avala las medidas que acordó el anterior Govern de Francina Armengol para hacer frente al grave problema que existe en las islas por falta de vivienda, sobre todo de pisos sociales. Y para dar una solución, aunque solo provisional a este problema que afecta a miles de familias con recursos económicos limitados, el Ejecutivo aprobó en 2018 una ley que permitía la expropiación de viviendas vacías. Una medida que solo se podía acordar si se demostraba que el inmueble, como mínimo, llevaba dos años cerrado. Esta ley se aprobó sobre todo para adoptar medidas frente a los grandes tenedores de viviendas, que evitan sacar estos bienes al mercado del alquiler para obtener en un futuro una mayor rentabilidad económica.

La Sala ha rechazado la demanda que presentó uno de estos fondos económicos, que en el año 2021 sufrió la expropiación de cuatro viviendas ubicadas en el municipio ibicenco de Santa Eulàlia. Esta expropiación se acordó en el mes de junio del año 2021. El Govern se hacía con el uso temporal de estos pisos por un periodo de siete años a cambio de pagarle al propietario un alquiler, cuya cuantía estaba muy por debajo de los precios elevados que se pagan en estos momentos por el alquiler de un inmueble. El único requisito que impuso el Govern al impulsar esta ley fue que la vivienda expropiada se destinara a un uso social.

La sentencia destaca que la expropiación es una medida que se justifica para resolver un problema social y sobre todo cuando todas las medidas anteriores que se han acordado no han conseguido el resultado previsto.

El tribunal resalta que es evidente que en Balears existe una «necesidad objetiva de viviendas» y que hay miles de familias que tienen graves dificultades para poder acceder a una casa, bien porque no pueden pagar los precios que se exigen, tanto en venta como en alquiler, o simplemente porque no existen viviendas en el mercado.

Los jueces inciden en la «función social de las viviendas», por lo que consideran que está más que justifica que la Administración adopte las medidas a su alcance para evitar que, mientras que las familias tienen problemas para disponer de una casa, los grandes tenedores decidan no sacar las propiedades al mercado y prefieran tenerlas cerradas. En el caso de estos cuatro pisos de Ibiza que fueron expropiados la sentencia incide en que no existía razón alguna que justificara que estuvieran cerrados, a pesar de que el propietario alegó en la demanda que no los había podido comercializar por los problemas derivados de la pandemia. Los pisos, al menos, llevaban cerrados más de dos años antes de la declaración de la pandemia sanitaria.

El tribunal resalta las cifras de solicitud de vivienda en Balears. Solo en Mallorca el Govern cuenta con una lista de 5.400 solicitantes de una vivienda social, mientras que en el momento de esta expropiación solo se contaba con 30 pisos para ceder a las familias. El anterior Govern no solo se adjudicó estos cuatro pisos de Ibiza que después sacó al mercado del alquiler. Expropió un total de 56 viviendas repartidas por varios municipios. El periodo de expropiación forzosa se estableció en siete años.

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