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Estos son los puntos principales del demoledor informe del Comité de Expertos en Cambio Climático sobre el decreto del Govern

El documento, de nueve páginas, ha sido remitido al Ejecutivo para que se estudie

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Bernardo Arzayus

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M. Elena Vallés

M. Elena Vallés

El informe del Comité de Expertos para la Transición Energética y el Cambio Climático de Baleares recoge analizados los principales cambios que se contemplan en el decreto ley de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las Administraciones públicas de las islas que serían contraproducentes para tratar de mitigar y adaptarse al calentamiento global. El documento, de nueve páginas, ha sido remitido al Govern para que se estudie.

En primer lugar, los expertos señalan que muchas de la modificaciones recogidas en el decreto son cambios en la Ley de Cambio Climático y suponen “una reducción preocupante de su eficacia en la lucha contra la crisis climática”. 

Por ejemplo, se recoge la supresión de la exigencia que en los nuevos desarrollos urbanísticos se deba reservar un área de suelo destinada a la generación de energía renovable con una superficie suficiente para generar el equivalente anual a las necesidades energéticas de dicho desarrollo. El decreto modifica este artículo requiriendo únicamente que la superficie dedicada a las renovables permita producir la energía que determinen dos horas de uso diario de la potencia mínima de diseño prevista. 

Placas solares

Asimismo, una modificación similar se ha introducido en relación a los aparcamientos de más de mil metros cuadrados (nuevos parkings privados o parkings de titularidad pública) o de 1.500 metros cuadrados (parkings privados existentes). Las instalaciones asociadas, según el decreto, han de ser las que determinen las dos horas de uso diario de la potencia prevista. Esta modificación implica una disminución significativa de la cobertura de la superficie disponible para la energía solar fotovoltaica. Además, con esta modificación, consideran los expertos, se vuelve a plantear el problema de no maximizar el suelo urbano o las zonas antropizadas para la instalación de renovables, lo cual ayudaría a reducir la presión sobre el suelo rústico. 

Por otra parte, en la Ley de Cambio Climático se preveía que las nuevas edificaciones o las que tengan un cambio de uso en suelo rústico debían cubrir la totalidad de su consumo eléctrico mediante generación renovable de autoconsumo, pero el decreto modifica este extremo y permite que sólo se genere una parte del consumo eléctrico. 

El documento también recoge otros puntos “que suponen rebajar aún más la efectividad de la Ley de Cambio Climático”, como modificar un artículo que preveía una serie de facilidades urbanísticas para instalaciones de energía renovable en aparcamientos o cubiertas ubicadas en suelo urbano. También se propone modificar el artículo que establecía la obligación de renovación de las flotas de vehículos de alquiler o de las grandes y medianas empresas que sustituyen anualmente un 30% de sus vehículos.

Coches eléctricos en los rent a car

El articulado original obligaba a estas empresas a ir sustituyendo los coches de combustión por los eléctricos hasta llegar a la obligación de 2035 de adquirir el 100% de vehículos nuevos eléctricos. En el decreto se dice que esta obligación solo se aplicará a los tipos de vehículos que no dispongan de un plan de descarbonización de las flotas aprobado por el conseller competente en materia de transición energética. También se vacía de contenido la disposición que establecía la prohibición de la entrada de vehículos diésel en las islas a partir de 2025. El horizonte temporal ahora será la normativa estatal, que es 2035.

Asimismo, los científicos califican de “extremadamente preocupante” la derogación del artículo 4 de medidas urgentes de protección del territorio de Baleares. Esta norma prohibía la construcción en áreas de prevención de riesgos: inundaciones, incendio, erosión o deslizamiento. “La literatura científica sobre los impactos del cambio climático avisa de manera muy seria del aumento de la vulnerabilidad frente a este tipo de fenómenos y el número de episodios catastróficos relacionados con ellas no ha dejado de aumentar en los últimos años”, recoge el informe. Por este motivo, “una política responsable de adaptación al cambio climático exige impedir la construcción en zonas de riesgo así como intervenir para reducir estos riesgos en las zonas ya construidas”.

Ley de Bienestar para las generaciones presentes y futuras

El Comité de Expertos también advierte de que el decreto vacía de contenido la Ley de Bienestar para las generaciones presentes y futuras modificando algunos de sus artículos clave. Recuerda también que recoge la supresión de la Comisión Balear de Medio Ambiente y que se recoge una modificación que afecta al contenido de plástico reciclado en las bolsas. A partir de 2024 tenía que pasar de un 50 al 70%. “Con el nuevo redactado, se eliminaría esta obligación, que quedaría limitada al 50%”. También señalan que se quiere suprimir de la ley la prohibición de maquinillas de afeitar no recargables. 

Renovables en suelo rústico

Por último, señalan otro punto que afectaría a la Ley Agraria. Los expertos comentan que la Ley de Cambio Climático preveía facilitar la instalación de energías renovables en suelo rústico asociadas a la actividad agraria siempre que esta instalación fuera dirigida exclusivamente al autoconsumo y la autosuficiencia de la explotación agraria. Además se limitaba la potencia a 100 KW. “El objetivo de esta disposición era evitar la proliferación de instalaciones renovables sobredimensionadas en suelo rústico”, dice el informe. El decreto elimina esta limitación, lo que permite que las instalaciones de renovables en explotaciones agrarias puedan servir también para generar energía que se evacúe a la red. En este sentido, consideran los expertos, lo que permite el decreto es una sobredimensión de estas instalaciones para que no sirvan solo para cubrir las necesidades energéticas de las explotaciones agrarias, sino que puedan ser vertidas a la red con un interés comercial.

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