Violencia de género
Condenado por maltrato psicológico y vejaciones a su pareja en el confinamiento
«Nadie te quiere, eres lo peor que me ha pasado en la vida, ojalá te murieras ahora, ojalá te entrase el virus ese», le dijo

Una calle de Palma, prácticamente vacía, durante el confinamiento a mediados de 2020. / CATI CLADERA/ EFE

La Audiencia de Palma ha condenado a un año de prisión y una multa a un hombre por maltratar psicológicamente y vejar a su pareja durante el confinamiento a causa del coronavirus. El tribunal también le ha impuesto una indemnización de 2.000 euros por los daños morales ocasionados.
El acusado humilló y menospreció a su mujer, en presencia de sus hijos menores, a mediados de abril de 2020 cuando la familia estaba recluida como consecuencia del confinamiento impuesto por la pandemia. «Estás desequilibrada, estás como una puta cabra, nadie te aguanta, nadie te quiere, eres una puta arpía, eres lo peor que me ha pasado en la vida, ojalá te murieras ahora mismo, ojalá te entrase el virus ese doble triple», le dijo el sospechoso.
La sección segunda de la Audiencia Provincial ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por el maltratador. La sala le ha rebajado la condena de 14 meses a 12 meses de cárcel por los dos delitos de malos tratos psicológicos a los que fue sentenciado inicialmente. También, le ha aminorado la prohibición de aproximarse a la perjudicada de dos años a un año y medio y ha dejado sin efecto la prohibición de comunicación. El resto de la sentencia dictada por un juzgado penal de Palma ha sido ratificado. El encausado fue condenado a una multa por un delito leve de vejaciones, se le impuso una responsabilidad civil de 2.000 euros y también fue absuelto de maltrato habitual y de amenazas.
El tribunal ha desestimado la mayor parte de los motivos planteados por la defensa y destaca que los hechos declarados como probados en la primera sentencia «no son contradictorios ni incurren en infracción de derecho fundamental alguno».
La sala abunda: «La sentencia se fundamenta en abundante y variada prueba, tanto personal como documental, toda ella valorada con detalle, prudencia y racionalidad por la jueza».
Además, la Audiencia analiza los insultos y descalificaciones proferidas por el acusado a quien fue su pareja sentimental: «De las expresiones queda probado no solo el elemento objetivo, por lo humillante de dichas expresiones y por el menoscabo que las mismas suponen para la integridad psíquica de toda mujer, sino también el elemento subjetivo, consistente en un dolo genérico que no es necesario que sea directo, sino que basta con que sea eventual».
Según se desprende de la sentencia, el sospechoso y la mujer mantuvieron una relación sentimental que luego formalizaron contrayendo matrimonio. Fruto de su relación, tienen dos hijos menores de edad. La relación empezó a deteriorarse tras el embarazo de la hija mayor y ambos se separaron en 2020, si bien luego se dieron otra oportunidad hasta que en 2021 se divorciaron. A finales de septiembre de 2021, la mujer le denunció por maltrato y vejaciones, existiendo muy mala relación entre ellos, sobre todo por el régimen de visitas de sus hijos menores.
En abril de 2020, mientras toda la familia estaba confinada, el encausado humilló a su pareja, en presencia de los niños.
Meses después, el 14 de enero de 2021, en el transcurso de una discusión en el domicilio familiar, él puso en duda la paternidad de sus hijos con expresiones como «eres una puta, una calienta pollas y luego vas de santa, no te mereces a los niños, no te mereces nada, qué falsa eres, como eras tan mentirosa, soy el padre ¿no? Eres tan puta que no lo sé».
Al día siguiente, 15 de enero de 2021, cuando el hombre se marchó a trabajar le dijo: «Ahora te llevas a los niños al colegio, luego vienes, están los de la obra allí y les enseñas el coño».
La sentencia detalla que no se ha acreditado que, como consecuencia de estos hechos, la víctima viviera una situación de intranquilidad que le impidiera realizar sus actividades habituales como ir a trabajar o tener relaciones sociales. En abril de 2021, la pareja inició terapia en la que no se evidenciaron malos tratos, aunque sí que se trataron discusiones por cuestiones económicas y por otra hija del hombre, fruto de otra relación.
En octubre de 2021, se denegó una orden de protección, pero en enero de 2023 sí se acordó en base a un informe de la unidad de valoración forense integral que concluía que la mujer y sus dos hijos se hallaban en «riesgo extremo».
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