La fiscal rebaja de cinco años a 18 meses de cárcel la petición de pena por inmigración irregular

Las defensas reclaman la libre absolución de sus clientes al alegar que no hay pruebas y destacan que no se concertaron, ya que "ni siquiera se conocían entre ellos"

Los acusados, en la primera sesión de la vista oral en la Audiencia de Palma.

Los acusados, en la primera sesión de la vista oral en la Audiencia de Palma. / B. P.

B. Palau

B. Palau

La fiscalía rebajó ayer su petición de condena de cinco años de prisión a 18 meses para los seis acusados de una supuesta trama de inmigración irregular en Palma, entre los que se encuentran dos abogados, un gestor administrativo, un jefe de sección de la Oficina de Extranjería y dos presuntos captadores. El principal sospechoso, un empresario con sociedades vinculadas a barberías de la ciudad y un gimnasio, se encuentra fugado de la Justicia.

El ministerio público modificó sus conclusiones durante la tercera y última sesión del juicio que se ha celebrado en la Audiencia de Palma y solicitó nueve meses de cárcel por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y otros nueves meses por un delito de grupo criminal. Además, interesó la inhabilitación para el ejercicio de su profesión durante el tiempo de la condena para los dos letrados, el gestor y el funcionario.

Por su parte, los abogados defensores reclamaron la libre absolución de sus clientes al alegar falta de pruebas y la atipicidad de los hechos. Según destacaron en el trámite de informes, no ha quedado acreditado que se concertaran, que hubiera un reparto de papeles ni que actuaran de mutuo acuerdo, ya que “ni siquiera se conocían entre ellos”.

Varios de los encausados aprovecharon el turno de la última palabra para proclamar su inocencia ante el tribunal de la sección primera. Poco después, el caso quedó visto para sentencia. El primer día de juicio, todos ellos se desvincularon del supuesto entramado y negaron los cargos.

Acusación pública

La fiscal subrayó en sus informes que los hechos habían quedado acreditados y que existía ánimo de lucro. “Todos forman parte del grupo. Actuaban como un grupo criminal”, insistió. Según su versión, había un acuerdo de voluntades, que perduró un tiempo, y contaban con “una mínima estructura”.

La acusación pública detalló que el cabecilla, el empresario que está en situación de rebeldía, a través de dos intermediarios realizaba captaciones de migrantes en situación irregular en 2020 en Palma para que obtuvieran el permiso de residencia en España por arraigo laboral, a cambio de precio. Para ello, contactó con dos abogados y un gestor administrativo para llevar a cabo la regularización. Los expedientes llegaban a la Oficina de Extranjería, donde uno de los jefes informaba favorablemente.

“Había una connivencia entre ellos. En diez o quince días, los expedientes que presentaba la letrada eran resueltos favorablemente. Llama la atención que estas regularizaciones se conseguían en un espacio de tiempo muy breve”, agregó la fiscal.

“Había un plan preconcebido para llevar a cabo esta mecánica. Algunos testigos señalaron que pagaron 3.000 o 3.500 euros por regularizar su situación”, concluyó la representante del ministerio fiscal, quien recalcó que el contenido de las actas de conciliación del TAMIB que se presentaban en la Oficina de Extranjería para acreditar la relación laboral y su duración era inveraz.

Informes de las defensas

Mientras tanto, las defensas trataron de desmontar los argumentos de la fiscal. Uno de los letrados hizo hincapié en que no hubo ánimo de lucro y mantuvo que los acusados realmente habían sido víctimas, al ser engañados por el empresario y los extranjeros.

“Aquí juzgamos diez expedientes de arraigo laboral de los 158 expedientes que en total tramitó mi representada en 2020. ¿Qué lucro va a haber con diez expedientes?”, se preguntó la defensora de la abogada encausada. “No hay pruebas de grupo criminal”, añadió.

El escrito de acusación no se tiene en pie. Dice que hay un reparto de papeles cuando entre ellos ni siquiera se conocen. El propio instructor de la Policía dijo que no tenía pruebas de que actuaran de común acuerdo. Es un disparate detrás de otro”, se quejó otro defensor. “No hay prueba de que el contenido de las actas del TAMIB no fuera cierto. Tampoco hay dolo. No hay prueba de un reparto previo de papeles y la conducta es atípica”, destacó el letrado.

La defensa del funcionario coincidió en que no se le podía vincular con ninguno de los otros acusados. “La prueba de cargo ha resultado ser de descargo. No hay nada extraño en el tiempo de resolución de los expedientes. Los actos administrativos en los que intervino no eran ilegales”, manifestó el abogado.

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