Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Tribunales

Condenado a dos años de prisión un falso abogado de Palma

El acusado, que ha sido sentenciado por intrusismo y estafa, se anunciaba como letrado internacional y tenía un despacho repleto de diplomas abierto al público

El acusado de intrusismo y estafa, durante el juicio celebrado en el edificio de Vía Alemania, en Palma.

El acusado de intrusismo y estafa, durante el juicio celebrado en el edificio de Vía Alemania, en Palma. / B. P.

B. Palau

B. Palau

Palma

Un juzgado de Palma ha condenado a dos años de prisión a un falso abogado de la ciudad por los delitos de estafa e intrusismo. El acusado se anunciaba como letrado internacional tanto en internet como en las tarjetas que repartía entre sus clientes. Además, tenía un despacho repleto de diplomas abierto al público en Palma.

En concepto de responsabilidad civil, la magistrada impone al hombre el pago de una indemnización de 5.000 euros a una víctima por daños y perjuicios y también por el daño moral ocasionado, ya que le gestionó la reclamación de una plusvalía municipal y le ocultó que había sido inadmitida en el Ayuntamiento de Palma, de modo que se le pasó el plazo para recurrir y volver a reclamar.

Según se declara probado en la sentencia, que no es firme y contra la cual cabe recurso de apelación en la Audiencia Provincial, el encausado, de mediana edad, se anunciaba públicamente como letrado internacional en páginas web y disponía de un despacho abierto al público en Palma, dando una apariencia de legalidad en su desempeño profesional, pese a tener conocimiento de que no reunía las condiciones para el ejercicio de la abogacía. Así, el sospechoso carecía del título habilitante de Licenciatura o Graduado en Derecho expedido u homologado en España y tampoco había realizado el examen de acceso a la citada profesión, si bien daba confianza el hecho de que tenía numerosos diplomas en su despacho y además contaba con tarjetas en las que ponía que era letrado internacional, doctor en derecho y derechos humanos, entre otros títulos.

Una joven perjudicada, tras consultar en internet junto con su pareja, acudió al despacho del falso abogado para asesorarse sobre un accidente de tráfico ocurrido en 2018. El hombre realizó en un primer momento acciones de reclamación extrajudicial a la compañía aseguradora, obteniendo por ello el compañero de la víctima una indemnización de más de mil euros. En esa ocasión, se le pagó al acusado 250 euros por su intervención.

Posteriormente, la pareja puso una reclamación civil que firmó otro letrado que colaboraba con el sospechoso sin que se haya acreditado que el encausado interviniera en la misma.

La joven perjudicada, en la creencia de que el profesional era abogado, le encargó la reclamación de la plusvalía municipal que había pagado en 2017, sin que este le notificara que el Ayuntamiento de Palma en fecha 5 de diciembre de 2019 había inadmitido la petición formulada, al existir un procedimiento administrativo específico. Posteriormente, él le dijo que había interpuesto la demanda ante el juzgado contencioso-administrativo, cuando esto no era cierto, por lo que la ciudadana perdió la oportunidad de encargarle a otro profesional la reclamación y la oportunidad de recuperar el dinero por la plusvalía, que eran más de 2.800 euros. La jueza detalla que este tipo de recurso precisa que el escrito esté firmado por un letrado. Según se desprende de la sentencia, el acusado percibió honorarios por ello, si bien en ocasiones eran cantidades entregadas en efectivo.

Por último, la madre de la víctima encargó al falso abogado la tramitación de la herencia que tenía que recibir de su madre. El encausado y el letrado que colaboraba con él llevaron a cabo gestiones, sin que se haya acreditado que el acusado ejerciera funciones propias de abogado, asesorándole para que firmara el convenio alcanzado tras la intervención del contador partidor, el otro compañero. El fallo indica que tampoco se ha acreditado que la madre de la perjudicada sufriera perjuicios morales por ello.

La joven víctima y su compañero sentimental al parecer fueron condenados por falso testimonio, sin que se haya podido probar de un modo fehaciente que ello fuera debido al sospechoso.

La magistrada analiza la prueba practicada en el juicio y se basa en las declaraciones de los testigos, los mensajes de WhatsApp que constan en la causa y en la documental presentada para condenarle. El encausado, que solo respondió a las preguntas de su defensa, negó los cargos en la vista oral. De lo actuado, «es evidente que el acusado no dijo toda la verdad, desprendiéndose de las declaraciones de los testigos que sí ejercía las funciones propias de letrado y se presentaba como letrado», subraya la jueza.

La sentencia da credibilidad a la versión de los testigos, que viene avalada por la documental aportada. Por ello, se le condena por intrusismo en su modalidad agravada al atribuirse «públicamente» la cualidad de abogado y ejercer los actos propios en su local o establecimiento abierto al público. También se le condena por estafa, pero la magistrada rechaza que sea un delito continuado, ya que solo resulta acreditado un perjuicio patrimonial por el tema de la plusvalía y no por el accidente de tráfico ni la herencia. Finalmente, la jueza estima pertinente una compensación de 5.000 euros por daños y perjuicios y por daño moral.

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents