Tribunales
La ley del ‘solo sí es sí’ ahorra 15 meses de cárcel a otro violador de Mallorca
La Audiencia rebaja la condena de 14 años al aplicar la reforma, que ha beneficiado ya a una veintena de agresores sexuales en Balears
La ley del ‘solo sí es sí’ continúa provocando rebajas en las condenas de agresores sexuales de Mallorca. La Audiencia Provincial ha recortado en 15 meses la condena de 14 años de prisión que en su día impuso a un hombre por violar a su hermanastra durante casi una década, cuando ella era menor de edad, en Palma y Marratxí. El tribunal de la sección segunda ha estimado la solicitud del abogado defensor, a la que se opusieron tanto la Fiscalía como el abogado de la víctima. La polémica reforma legislativa impulsada por el ministerio de Igualdad ha beneficiado ya a una veintena de agresores sexuales de Balears.
El hombre fue declarado en 2016 autor de un delito de agresión sexual con acceso carnal agravado con continuidad delictiva, por el que fue condenado a 14 años de prisión. La Audiencia señala en un auto dictado la semana pasada que la reforma del Código Penal ha rebajado el límite legal de esta conducta de 13 años y tres meses de cárcel a 12 años y medio. Así, el tribunal opta por aplicar una regla de tres para fijar la nueva condena, que establece en 13 años y nueve meses de reclusión.
Los magistrados atienden así la solicitud del abogado defensor para aplicar esta rebaja. La Fiscalía se opuso a esta petición aplicando el criterio que sigue para estas revisiones, según el cual no deben rebajarse las condenas si son también imponibles con el nuevo texto legal. La Audiencia, sin embargo, señala la doctrina del Tribunal Supremo sobre la obligatoriedad de aplicar la legislación más favorable al reo.
El hombre, según declaró probado la Audiencia Provincial tras el juicio celebrado en 2016, violó de forma sistemática a su hermanastra cuando ella tenía entre 5 y 12 años en los domicilios familiares de Palma y Marratxí. El condenado sometió a la niña a tocamientos y la obligó a masturbarle y practicarle felaciones, llegando a intimidarla, insultarla y forcejear con ella para forzarla a mantener relaciones sexuales entre los años 1997 y 2004.
La sentencia reflejó las secuelas que estas violaciones causaron en la víctima, que padece un trastorno de estrés postraumático crónico. También sufrió una afectación de la personalidad, con un acusado rasgo de desconfianza hacia los demás y la imposibilidad de mantener relaciones sexuales con hombres, que le provocan una percepción de riesgo o amenaza.
Por ello, la Audiencia Provincial impuso al acusado el pago de 12.000 euros de indemnización para la perjudicada, así como una orden de alejamiento que le prohíbe acercarse y comunicarse con ella por un plazo de 20 años.
Este hombre se une así a la lista de agresores sexuales que han visto rebajada su condena por la reforma del Código Penal tras la entrada en vigor en septiembre pasado de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como del ‘solo sí es sí’. La nueva legislación fijó mínimos más bajos para este tipo de delitos, lo que ha generado una gran polémica por las revisiones de condenas que implica.
Fuentes judiciales cifran en una veintena los reducciones de condena aplicadas hasta ahora por la Audiencia Provincial de Palma por casos de agresiones sexuales cometidas en Balears.
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