Los abogados se van de vacaciones: entra en vigor la ley que declara las Navidades inhábiles a efectos procesales
La modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil supone que del 24 de diciembre al 6 de enero los tribunales no podrán realizar señalamientos que no sean urgentes y los plazos quedarán paralizados a efectos procesales - Se trata de una reclamación histórica de la abogacía
Abogados y procuradores de Baleares podrán tener vacaciones durante estas Navidades por primera vez. La ley que declara inhábiles las vacaciones navideñas a efectos procesales ha entrado hoy en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), declarando como "días inhábiles a efectos procesales los sábados y domingos, y los días que median entre el 24 de diciembre y el 6 de enero del año siguiente, ambos inclusive, los días de fiesta nacional y los festivos a efectos laborales en la respectiva Comunidad Autónoma o localidad. También serán inhábiles los días del mes de agosto".
El cambio supone una modificación del apartado 2 del artículo 130 de la ley de Enjuiciamiento Civil. Y en lo que se refiere este apartado concreto entra en vigor hoy mismo, tras su publicación en el BOE del 23 de diciembre de 2022. El Gobierno ha incluido la modificación legislativa en el redactado de la Ley Orgánica 14/20022, de 22 de diciembre, que modifica los delitos de malversación y sedición, que recibió el jueves el aval definitivo en el Senado.
La modificación legislativa significa que desde el 24 de diciembre y hasta el próximo 6 de enero los tribunales no podrán realizar señalamientos que no sean urgentes y los plazos quedarán paralizados a efectos procesales. Se trata de una reclamación histórica del Consejo General de la Abogacía Española y de todos los colegios profesionales, aunque había dudas que pudiera llegar a tiempo antes de fin de año. Precisamente el Colegio de Abogados de Baleares ha publicado hoy una notificación informando de la novedad a todos sus colegiados. En ella precisa, además, que el cambio legislativo no supone "el cierre de los órganos jurisdiccionales en estas fechas ni afecta a las causas urgentes ni a las guardias".
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