Tribunales

El fiscal del caso Cursach justifica espiar a periodistas contra el criterio del Tribunal Constitucional

Tomás Herranz insiste en defender que se rastrearan las llamadas de tres informadores durante un año pese a que el alto tribunal cuestionó su legalidad

El fiscal Tomás Herranz, durante su intervención final en el juicio del caso Cursach.

El fiscal Tomás Herranz, durante su intervención final en el juicio del caso Cursach. / TSJB

Marcos Ollés

Marcos Ollés

Tomás Herranz, el fiscal del caso Cursach que acabó pidiendo perdón entre lágrimas al magnate y el resto de acusados al final del juicio, insiste en justificar el espionaje a tres periodistas para averiguar sus fuentes en el proceso judicial. Y lo hace contra el criterio del Tribunal Constitucional (TC), que tachó de «especialmente invasivas e indiscriminadas» las medidas contra los informadores y acusó al juez Miguel Florit de no haber ponderado debidamente sus derechos fundamentales cuando decidió, a instancias de la Policía Nacional y con el aval del fiscal Juan Carrau, rastrear las llamadas de los profesionales durante un año e incautarles sus teléfonos móviles en 2018.

Herranz y su compañero en la Fiscalía Anticorrupción Fernando Bermejo han presentado esta semana un escrito en el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB), en el marco de la investigación contra el exjuez Manuel Penalva, el ex fiscal Miguel Ángel Subirán y cuatro policías del grupo de Blanqueo de la Policía. En él, impugnan los recursos presentados por los periodistas José Francisco Mestre, de Diario de Mallorca, y Blanca Pou, de Europa Press. Ambos habían recurrido el espionaje, que también afectó a otra profesional de la agencia EFE, tras recibir el amparo del TC, ya que Florit no les permitió hacerlo en su momento.

La sentencia del llamado Caso Móviles del TC concluyó que el rastreo de llamadas y la requisa de los teléfonos de los periodistas eran medidas «especialmente invasivas e indiscriminadas» y suponían una «grave intromisión en la intimidad» de Pou y Mestre, que no estaban siendo investigados por delito alguno. Además, «afectaban directamente al derecho al secreto profesional de los periodistas» hecho que no fue debidamente ponderado por Florit. El TC remarcaba la «especial protección» que deben tener los profesionales de la información.

Pese a la contundencia del alto tribunal, Herranz y Bermejo persisten en justificar aquellas medidas, adoptadas tras las denuncias de Cursach y Sbert por las informaciones periodísticas sobre la investigación. El escrito califica de «grave» la publicación de varias noticias sobre informes policiales y admiten de nuevo que el objetivo era «revelar las fuentes de los periodistas en el caso Cursach».

Los fiscales enmiendan la plana al Constitucional, asegurando que en el espionaje, que incluyó el listado de llamadas de todo un año de los periodistas, sus posicionamientos y la incautación de teléfonos y ordenadores, «tanto la Policía como el juez instructor modularon las medidas acordadas». En este sentido, señalan que existían posibilidades mucho más graves, como someter a los periodistas a pinchazos telefónicos para escuchar sus conversaciones, que no se llevaron a cabo.

Las actuaciones contra los periodistas fueron el primer paso de la investigación contra Penalva, Subirán y los policías de Blanqueo, que a la postre ha culminado con la absolución de Cursach, Sbert y el resto de encausados al retirar los fiscales Tomás Herranz y Juan Carrau todos los cargos contra ellos.

Penalva y Subirán reclaman de nuevo la nulidad de la causa

El juez y el fiscal del caso Cursach, ya jubilados, han vuelto a insistir ante el TSJB en que toda la investigación abierta contra ellos y los cuatro agentes de Blanqueo por presuntas irregularidades en la investigación del caso Cursach es nula al partir del espionaje a los profesionales de la información. En un escrito conjunto, Penalva y Subirán afirman que «todo, absolutamente todo parte, se sustenta y ‘se justifica’ sobre la base de la información obtenida de los periodistas».