Condenado a 25 años de cárcel el hombre que ahogó a su mujer en un jacuzzi tras drogarla en Menorca

El acusado por el crimen del jacuzzi, escuchando el veredicto.

El acusado por el crimen del jacuzzi, escuchando el veredicto. / TSJIB

Marcos Ollés

Marcos Ollés

La Audiencia Provincial ha condenado a 25 años de cárcel a un hombre por matar a su mujer, drogándola con un cóctel de alcohol y éxtasis y ahogándola después en un jacuzzi, en Ciutadella (Menorca). La sentencia declara a Eduardo Enrique Estela Roget, de 43 años, autor de un delito de asesinato con las agravantes de género y parentesco y le obliga a indemnizar con 75.000 euros a la madre de la víctima. Según el fallo, el hombre había tenido durante años una actitud «controladora y de dominación» hacia su pareja. Respecto al crimen, la magistrada Mónica de la Serna destaca su «especial crueldad» para imponer la máxima pena posible.

La sentencia se basa en el veredicto de culpabilidad emitido por el tribunal popular que enjuició el caso en la Audiencia Provincial. Los hechos ocurrieron el 18 de junio de 2018 en la nave industrial donde convivían el acusado y su pareja sentimental, Elizabeth Pimentel, de 36 años, en Ciutadella. Hacia las tres y cuarto de la madrugada, el hombre mezcló en un vaso sangría con una «dosis importante» de MDMA, una potente droga sintética, y le dio el cóctel a su mujer, que estaba en el cuarto de baño.  

La víctima ingirió la bebida y poco después empezó a sentirse mal, sin que el procesado hiciera nada para auxiliarla. Hacia las cuatro y cuarto de la madrugada, Pimentel cayó al suelo desplomada y quedó inconsciente tras golpearse la cabeza.

El acusado arrastró entonces a su compañera hasta el habitáculo de la nave industrial donde tenían un pequeño jacuzzi que estaba parcialmente lleno de agua y metió en él la cabeza de la víctima hasta que se ahogó. Pimentel falleció hacia las cinco de la madrugada al sufrir una parada cardiorrespiratoria provocada por una intoxicación agua de MDMA, acelerada por la sumersión de la cabeza en el agua. El hombre no alertó a los servicios sanitarios hasta una hora después, cuando ya nada pudo hacerse por salvarle la vida.

La sentencia considera acreditado también que la pareja se había casado en 2010 y que él «se mostraba muy celoso y posesivo, con una actitud controladora y de dominación» hacia la víctima. 

La magistrada resalta la «reiteración y persistencia» del hombre para acabar con la vida de su pareja. Por un lado, porque la dosis de MDMA que mezcló en la sangría era «superior a una letal» y por otro, porque metió la cabeza de la víctima en el agua «para asegurarse el resultado mortal». Además, considera acreditado que actuó con alevosía al aprovecharse del estado de inconsciencia de la mujer. «Revela un ánimo particularmente ruin, perverso, cobarde y traicionero», señala el fallo. 

Respecto a la agravante de género, la jueza considera que el crimen está relacionado «con la condición de mujer» de la víctima y que se produjo «en el seno de una situación tendente por el hombre a expresar el dominio, control y trato a la mujer como ser inferior». La sentencia apunta al relato de una vecina de la pareja que contó en el juicio que la víctima, entre 2012 y 2013, llegó a estar en un piso de protección tras relatar episodios de malos tratos por parte de su marido. Además, consta una denuncia presentada por ella en 2012 en Barcelona por malos tratos, lesiones y agresión sexual, en la que ofreció un relato «sobrecogedor».

La magistrada concluye que el asesinato de Pimentel «revistió una especial gravedad» por la «persistencia en querer producir la muerte fuere como fuere», con el acusado «permaneciendo voluntariamente ajeno al sufrimiento» de la víctima. Una conducta que considera «especialmente execrable» y que «por supuesto debe tener su incidencia en la pena a imponer». 

De esta manera, la jueza justifica la imposición de la máxima condena posible por el delito de asesinato con las agravantes de parentesco y género, que es de 25 años de prisión y que considera «proporcional». La sentencia fija además una indemnización de 75.000 euros para la madre de la víctima por los daños morales y rechaza conceder la misma compensación al padre al no haber quedado probado que esté vivo.

La sentencia, dictada el pasado lunes, no es todavía firme, ya que contra ella puede presentarse un recurso de apelación ante la sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Balears.