Diario de Mallorca

Diario de Mallorca

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El Govern recurrirá ante el Supremo para cobrar más en las herencias

La Hacienda balear no acepta la sentencia en contra del Tribunal Superior de las islas por su aplicación del Impuesto de Sucesiones

La Hacienda balear va a defender en el Supremo su forma de aplicar el Impuesto de Sucesiones. B.RAMON

El Govern balear ha decidido recurrir ante el Supremo la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) que calificó de «disconforme a la legalidad del ordenamiento jurídico» la forma en la que estaba aplicando el Impuesto de Sucesiones tras extinguirse un usufructo dejado en herencia al considerar que se había pagar al contribuyente más de lo que realmente le correspondía, con penalizaciones que han llegado a alcanzar los 75.000 euros. Los servicios jurídicos de la Comunitat Autònoma ya están elaborando este recurso, según se ha confirmado desde la conselleria de Presidencia, de la que dependen.

El problema surge cuando en una herencia anterior a 2016 se cedieron los bienes a los hijos, pero dejando en usufructo algún inmueble al cónyuge, una práctica muy habitual, según afirma el abogado de DMS Legal, Alejandro del Campo. En aquellas fechas, los herederos debían de pagar entre el 7,65% y el 34% del valor del legado a la Agencia Tributaria de Balears (ATIB), pero existía una bonificación autonómica para que no se superara el 1%. De este modo, el beneficiario del usufructo abonaba el 1% de su valor, y los herederos el 1% de la nuda propiedad. Sin embargo, a partir de 2016 este sistema cambio, suprimiendo la citada bonificación.

El conflicto surge cuando a partir de este última fecha el beneficiario del usufructo muere, y los hijos pasan a pagar entre el 7,65% y el 34% del valor del mismo, al considerar la ATIB que la bonificación para que no supere el 1% dejó de existir.

Alejandro del Campo se hizo cargo de uno de estos casos, y consiguió hace pocas fechas que el Tribunal Superior de las islas le diera la razón, anulando la liquidación exigida por la Hacienda balear y obligándola a devolver al contribuyente el dinero que se le había cobrado de más.

Llegar al Supremo

Sin embargo, los servicios jurídicos del Govern han optado por no dar su brazo a torcer, y han decidido recurrir esta última sentencia ante el Supremo, lo que supone que se mantiene el criterio de exigir las cantidades más elevadas a través del Impuesto de Sucesiones una vez extinguido el usufructo.

Y ello a pesar, según recuerda el representante de DMS Legal, de que el Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) de Balears, dependiente del ministerio de Hacienda, en sus últimas decisiones también había optado por dar la razón a los contribuyentes y por anular las liquidaciones realizadas por la Hacienda autonómica, lo que llevó a esta última a recurrir también estas decisiones ante el TSJB.

Lo que Del Campo defiende, y pone de relieve que esta tesis se ha visto respaldada no solo por la citada sentencia, sino por las políticas adoptadas por las Haciendas estatal, andaluza, madrileña y valenciana, es que la extinción de un usufructo no supone una nueve herencia, sino que forma parte de la primera y por tanto debería de beneficiarse también de la bonificación que existía en ese momento, y que limita el pago del impuesto al 1%. Esta tesis es rechazada por el Govern alegando que aplicar a la segunda muerte el criterio de la primera no tiene precedentes.

No devolver el dinero

El abogado de DMS Legal opina que la decisión de recurrir al Supremo por parte de la Administración autonómica solo se explica por «pura voracidad recaudatoria» y para evitar tener que devolver las cantidades que según la sentencia del TSJB se han cobrado de más.

En su opinión, son muchos los beneficiarios de usufructos legados antes de 2016 que durante los próximos años van a ir falleciendo, y se les quiere aplicar el sistema más beneficioso para la agencia tributaria balear.

En cualquier caso, Alejandro del Campo se muestra convencido de que la Hacienda autonómica también perderá el recurso ante el Supremo, lo que además le obligará a pagar las costas, por lo que insiste en la conveniencia de que las personas que deban de pagar el citado tributo por la extinción de un usufructo presenten un recurso contra la liquidación que haga desde la ATIB, para poder recuperar posteriormente las cantidades que se le reclamen si son excesivas.

Compartir el artículo

stats