Diario de Mallorca

Diario de Mallorca

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Anulan la sanción del Govern a la plataforma de alquiler Homeaway

La empresa que publicita viviendas turísticas en Baleares fue multada con 300.000 euros - La medida va en contra de la normativa europea

Muchos ciudadanos se manifestaron contra la actividad del alquiler turístico. G.BOSCH

La sanción económica de 300.000 euros que el Govern balear impuso hace tres años a la plataforma digital Homeasay Spain, que publicita y intermedia en la contratación de viviendas de alquiler turístico en Baleares, es ilegal. Por lo tanto, la sanción económica ha sido anulada, según ha establecido una reciente sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares. La principal razón de esta decisión es que esta sanción va en contra de la normativa europea y, por tanto, no se puede imponer. Esta plataforma digital, que forma parte de una empresa matriz que está situada en Irlanda, fue multada por la comisión de una infracción en materia de turismo. El Govern la sancionó porque estaba ofreciendo en su portal de internet viviendas de estancias vacacionales sin especificar si dichos apartamentos contaban con la declaración responsable de inicio de actividad turística, una obligación que exigía el Ejecutivo balear. Esta sanción de 300.000 euros se impuso también a otras plataformas digitales parecidas, que se dedican al negocio del alquiler turístico, por las mismas razones. Estas multas se dictaron en un momento en el que la conselleria de Turismo pretendía regularizar el complicado negocio del alquiler turístico, que tanto rendimiento económico había supuesto, pero que a la vez había provocado múltiples quejas de diferentes sectores.

La sentencia del TSJB deja muy claro que la obligación de que conste el número de inscripción turística en una oferta es exigible a las empresas turística. Sin embargo, el portal Homeaway «no lo es, porque es una empresa de intermediación y prestadora de servicios de la sociedad de información». Es decir, la normativa autonómica no le puede exigir a estas plataformas que antes de publicitar en su página una vivienda en alquiler para turistas, previamente tenga que comprobar si el propietario que comercializa esta casa ha obtenido la autorización de la Conselleria. Cosa distinta hubiera sido, y así lo recuerda el tribunal, que el Govern le hubiera indicado concretamente a esta plataforma de mediación que un determinado anuncio era ilegal, al carecer de licencia, y la empresa se hubiera negado a retirarlo de su portal. Sin embargo, el Govern no ha cumplido este requisito, puesto que se limitó a sancionar a Homeaway por el simple hecho de comprobar que en su portal aparecían anuncios de viviendas en alquiler que no señalaban concretamente la inscripción turística. Y en este sentido deja muy claro la sentencia que no es este tipo de plataformas la encargada de realizar esta labor inspectora sobre los anunciantes que publicitan estos pisos, ya que esta es una labor exclusiva de la administración. Además, esta labor inspectora está estrictamente prohibida por las normas de la comunidad europea.

Por lo tanto, esta persecución que inició el Govern contra estas plataformas que ofrecen estas viviendas no encaja en la normativa europea, razón por la que las sanciones que impuso son del todo ilegales. Por lo tanto, la plataforma digital no tendrá que abonar los 300.000 euros que le impuso la conselleria de Turismo.

No es el primer revés que sufre el Govern en cuanto a su decisión de sancionar a estos portales digitales. También fue previamente anulada por los tribunales la multa a la plataforma Airbnb, a la que se le impuso también otra sanción de 300.000 euros.

Compartir el artículo

stats