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El Govern incluye en la ley turística la limitación de las ‘party boats’

La suspensión de nuevas licencias caducó en enero sin que el Ejecutivo regulara su actividad

Fiesta a bordo de un barco en el litoral de la isla. | BIEL CAPÓ

El Govern ha incluido en la Ley de Turismo la limitación de nuevas licencias para empresas organizadora de fiestas en barcos, medida que formaba parte del decreto ley de turismo de excesos aprobado a principios de 2020. Así el Ejecutivo Armengol enmienda el vacío legal que ha existido durante cinco meses, pues dicha directriz caducó en enero pasado sin que fuera regulada la actividad, una vez que se cumplió el plazo de dos años que se marcaba en aquella norma.

La mención a las fiestas en barcos se introduce en la Exposición de Motivos de la Ley 3/2022 de 15 de junio, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears y en la disposición final octava (declaración responsable para las empresas titulares de transporte marítimo), donde se marca un nuevo plazo; el 31 de diciembre de 2023.

La nueva ley turística balear por fin se publicó el sábado pasado en el BOIB, dieciocho días después de su aprobación en el Parlament, el pasado 31 de mayo, tardanza que ha sorprendido, pues hasta que no se produce dicha difusión no entra en vigor.

Hay que recordar que el 17 de enero de 2020 el Consell de Govern aprobó el decreto ley para combatir el turismo de excesos ligado al abuso de alcohol en determinadas zonas de Mallorca (Platja de Palma, El Arenal y Magaluf) y Eivissa (West End de Sant Antoni), en vigor durante cinco años. Junto con la prohibición del balconing o las excursiones etílicas, entre otras, se suspendió la concesión de nuevas licencias para party boats y se abrió un plazo de 24 meses para regular su actividad, que —aquí la razón de que se incluya en la ley turística—, expiró el 17 de enero de este año: sin que el Govern lo hiciera. Es decir han pasado cinco meses, hasta el 18 de junio, en el que por este vacío legal se podrían haber presentado nuevas licencias para empresas que organicen fiestas en barcos.

En la disposición adicional segunda del decreto ley contra el turismo de excesos de 2020 se señala sobre las fiestas en barcos que «no se pueden presentar nuevas declaraciones responsables por las empresas titulares de embarcaciones de transporte marítimo de carácter turístico o recreativo que organicen fiestas o bailes a bordo (...). Esta limitación se tiene que mantener hasta que no se regule la actividad de fiestas o acontecimientos multitudinarios en barcos. En todos los casos, la limitación establecida en esta disposición no puede exceder el plazo de dos años».

«Efectos» en el mar

Para solventar que ese plazo terminó en enero pasado, el Govern dice en la Ley de Turismo: «Por otro lado, como sabemos, las fiestas y excursiones en barcos, donde se consumen bebidas alcohólicas, no afectan tan solo a la salud y la seguridad de las personas, sino que tienen la peculiaridad de trasladar sus efectos negativos también al mar [un guiño a la sostenibilidad], y, dada su escasa regulación (...) es necesario adoptar algunas medidas para paliar los efectos negativos (...) (por ejemplo el elevado e incontrolado volumen de la música y los ruidos producidos por los mismos usuarios) hasta que no se regule esta actividad».

Por ello se modifica aquella disposición en la ley turística y se legisla que la limitación «se mantendrá hasta que se regule la actividad» de las party boats, que «en todos los casos» se agotará el 31 de diciembre de 2023.

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