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Opinión

Caso Cursach y caso confeti: una desproporción entre comparaciones invevitables

Por primera vez se ha limitado la llegada de cruceros al puerto de Palma, se ha aprobado una ley turística que busca el orden y el consenso, el Govern va perdiendo el miedo a la palabra decrecimiento, ha vuelto el balconing, los extranjeros copan la compra de inmuebles estratégicos, faltan taxis, cada día hay rebelión vecinal por exceso de ruidos nocturnos no solo en Santa Catalina de Palma. Podríamos seguir, pero la letanía ya va sobrada para enmarcar el contexto en el que se celebra el juicio contra la docena de jóvenes presuntos autores de la irrupción con bengalas, el 22 de julio de 2017 en el restaurante Mar de Nudos del Port Vell al grito, en idioma internacional, de «el turismo mata Mallorca».

Cinco años después, al amparo de la evolución de los acontecimientos y el vecindario judicial en el que se desenvuelve la vista, las comparaciones y los interrogantes por despejar resultan inesquivables. Deberemos discernir si estamos ante unos gamberros alteradores del ocio turístico en local privado abierto al público o, por el contrario, frente a jóvenes militantes de la concienciación de los retos que presenta la masificación turística, a los que quizás algún día se les reconocerá su capacidad visionaria.

Pero, de forma paralela a las intenciones en las que no entra el tribunal, también es necesario detenerse en unos hechos materiales que sí son objeto de juicio y de alta petición de penas. Un lustro no ha sido suficiente para deshacer el entuerto. De los doce encausados, nueve niegan su presencia en el altercado, otro apela a su condición de periodista y otros dos admiten poco más que el manejo de la pancarta. Con todo, en el banquillo también se sienta quien ya ha satisfecho una sanción administrativa de 600 euros con la vana esperanza de librarse de una causa confusa y difusa en el tiempo.

Abundan las contradicciones no solo en los hechos presuntamente punibles que se atribuyen a los componentes de Arran, sino también en la instrucción policial. Pese a su proximidad, la Guardia Civil no actuó de inmediato y la Policía Nacional lo hizo veinte días después. Entre tanta contradicción confusa, el fiscal ve motivos fundados para solicitar 29 años de prisión para el conjunto de los imputados.

Es en este punto donde surge otra comparación más inquietante. Precisamente la contradicción y la confusión son las circunstancias que han llevado al ministerio público a rebajar la petición de penas y promover exculpaciones en el juicio del caso Cursach que también se inició ayer en la sala de al lado de la vista de Arran, en la misma Audiencia Provincial.

Queda patente que la equiparación de hechos imputados en una instrucción y otra resulta imposible, pero también que a la vista de la actuación de la Fiscalía también resulta complicado transmitir una sensación de proporción y equidad a la ciudadanía. Entonces es cuando viene la pregunta última y la necesidad de plantearse si el verdadero peligro para la complejidad turística que ahora nos aflige está en la fechoría reprobable de Arran o en la gravedad profunda de los hechos que se dirimen en la macro causa que tiene su matriz en el ‘rey de la noche’.

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