El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la condena de dos años de cárcel a Rodrigo de Santos, exconcejal del PP en el ayuntamiento de Palma, por abusos sexuales a un preso. Las magistradas han rechazado tanto el recurso del expolítico, que solicitaba su absolución, como el de la fiscalía y otro de los denunciantes, que reclamaban una condena más dura. 

La sala de lo civil y penal del TSJM ratifica así la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que declaró al exedil de Urbanismo de Cort autor de un delito de abuso sexual con la agravante de reincidencia, dado que en 2010 ya fue condenado a cinco años de cárcel por abusos a un menor en Palma. El fallo judicial declara probado que el 8 de noviembre de 2016 Rodrigo de Santos, que trabajaba para una ONG dedicada a la inserción social de presos sin arraigo, llevó a su domicilio en Alcobendas (Madrid) a uno de los usuarios de la entidad. Cuando ambos estaban sentados en un sofá, de Santos manoseó a la víctima y le dio besos en la cara y el cuello. Intentó mantener relaciones sexuales con ella, pero fue rechazado. 

La Audiencia de Madrid no consideró probado que el expolítico se metiera en la cama del hombre ni que cometiera otros actos sexuales contra él. Los magistrados fijaron en 3.000 euros la indemnización para la víctima por los daños morales causados. El tribunal lo absolvió también de haber violado a otro recluso bajo amenazas. 

Recursos rechazados

Los abogados de Rodrigo de Santos recurrieron la sentencia y reclamaron al TSJM su absolución o una pena menor, incluso de multa. Sostenían que el relato de la víctima no cumplía los requisitos de credibilidad y que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia. Además, consideraban que la agravante de reincidencia no debía aplicarse y, en cambio, si debía apreciarse una de dilaciones indebidas. El Tribunal Superior ha rechazado todos sus argumentos y destaca en su resolución la «situación de vulnerabilidad patente por la condición de preso y extranjero no regularizado» de la víctima.

La fiscalía y el letrado de otro recluso que denunció haber sido violado por de Santos -hechos por los que fue absuelto- también recurrió la sentencia para reclamar que se le condenara por ello. El TSJM también ha desestimado sus pretensiones. La sala considera adecuada la valoración de las pruebas que hizo la Audiencia Provincial de Madrid para exculpar a de Santos y señala que la declaración del denunciante presenta «ciertas quiebras en su solidez» y un «posible ánimo espurio» por las desavenencias que tenían acerca del régimen de vida del recluso. 

El Tribunal Superior solo ha aceptado la petición del abogado del preso que sufrió los abusos sexuales para que se incluya en la sentencia el pago de las costas de la acusación particular a cargo del expolítico. 

La resolución del TSJM no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.