El Tribunal de Casación de Bélgica ha anulado este martes el fallo que rechazó en segunda instancia la entrega del rapero mallorquín, Josep Miquel Arenas, más conocido como Valtònyc, y su caso tendrá que volver al Tribunal de Apelación de Gante, han informado fuentes jurídicas.

La última instancia judicial belga ha ordenado reexaminar la cuestión de los insultos al monarca, uno de los delitos por los que las autoridades españolas reclamaban la entrega del cantante balear, condenado además en España por amenazas y enaltecimiento del terrorismo.

Ahora el juicio que decidirá su extradición a España se repetirá con un nuevo tribunal, formado por otros jueces, han explicado las fuentes consultadas.

La defensa del cantante balear ha apuntado que el nuevo juicio se limitará al "punto particular" de las injurias a la Corona. En este sentido, su abogado Simon Bekaert, ha apuntado que la Corte de Casación indica que no cabe extradición por enaltecimiento del terrorismo, ni por amenazas.

En la misma línea, el abogado Gonzalo Boyé, también en el equipo jurídico del cantante, ha apuntado que en su fallo, el alto tribunal "desestima el recurso por los delitos de enaltecimiento del terrorismo y amenazas".

En todo caso, con la decisión del Tribunal de Casación, el músico balear ve cómo se alarga el proceso judicial sobre su entrega a España, que ya fue rechazada en primera instancia en 2019 y de nuevo en segunda instancia por el Tribunal de Gante el pasado mes de diciembre, después de que dilatara el proceso más de un año por distintas consultas al Tribunal Europeo de Justicia y al Tribunal Constitucional belga.

La Fiscalía belga en representación de España optó por agotar la vía judicial y acudir al Tribunal de Casación, que se ha limitado a estudiar cuestiones formales del proceso, sin entrar en el fondo del asunto.

Valtònyc fue detenido hace una década por el contenido de las letras de algunas de sus canciones y condenado en 2017 por los delitos de enaltecimiento del terrorismo, calumnias e injurias graves a la Corona y amenazas.

En su sentencia, la Audiencia Nacional estimó que algunos de los temas comprendidos en sus discos tienen un "indudable contenido laudatorio" de las organizaciones terroristas ETA y GRAPO, que justifican e incitan a la reiteración de las acciones violentas.