El Tribunal Superior de Justicia de Balears ha avalado las últimas medidas restrictivas aprobadas por el Govern, que pretende, entre otras cosas, limitar las reuniones sociales, prohibiéndolas desde la una de la madrugada a las seis de la mañana. En un auto conocido ayer, la Sala considera que estas restricciones, que solo tienen una validez de un mes y que representan una limitación de derechos fundamentales, responden al principio de proporcionalidad, ante el aumento de enfermos que se han producido en esta quinta ola del coronavirus. «A mayor número de infectados, mayor número de pacientes, y ello ha de tensar los servicios sanitarios», señala la resolución. Además de las limitaciones de las reuniones, también se aprueba que los bares tengan que cerrar a la una de la mañana y limita el número de personas que se puedan sentar juntas en estos establecimientos. Se considera que estas limitaciones son proporcionales ante «la evidente y real situación de agravamiento de contagios». Los jueces sitúan el mayor índice de contagios en la población más joven, que aún no se ha vacunado, y señalan que al encontrarnos en los meses de verano, tampoco facilita el distanciamiento de los ciudadanos. El TSJB incide en que no se trata de limitar el derecho de libre circulación de noche, al no imponerse el toque de queda. Únicamente la medida afecta al derecho a reunirse.