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Tribunales

Absuelto el notario de Alcúdia que autorizó un poder con un DNI falso

Una empresa le reclamaba una indemnización por los daños económicos que sufrió tras el uso de este documento notarial

El notario está inscrito en el Colegio de Balears. |

La Audiencia de Palma ha absuelto a un notario de la localidad de Alcúdia, que tuvo que sentarse en el banquillo por haber autorizado un poder notarial, de una madre a su hijo, a pesar de que únicamente se le mostró una copia de un DNI, que era falsa. A pesar de que se identificaba a una mujer con un documento que no era real, el mandatario público autorizó este poder, que el hijo utilizó para vender una finca propiedad de su madre, debido a que precisaba dinero para financiar su adicción a las drogas.

El notario, defendido por el abogado José Zaforteza, recibió en su despacho de Alcúdia a este cliente en el mes de septiembre de 2013. Este hombre, que es un abogado en ejercicio, entró en la notaría acompañado de una mujer, que presentó como su madre. Había organizado un plan de tal manera que buscó a una mujer, que nunca ha sido identificada, de una edad parecida a su madre y que físicamente se pareciera a ella.

Lógicamente, la acompañante no disponía de un documento de identidad verdadero. El cliente lo que hizo fue mostrar una fotocopia testimoniada, que el notario dio por válido. Miró los documentos y llegó a la convicción de que la mujer que aparecía en la foto del documento era la misma que había acudido a su despacho. Por ello, autorizó el poder que autorizaba al hijo a gestionar el patrimonio de su madre.

El hijo utilizó este documento para vender una finca que su madre tenía en Inca. La vendió a una empresa constructora, que no pudo llevar a cabo el proyecto que había previsto.

Fue la empresa la que exigió la responsabilidad del notario. No reclamaba ninguna pena de prisión, pero sí le exigía que respondiera de los perjuicios que había sufrido porque se había utilizado un poder, que se autorizó sin haber realizado las comprobaciones necesarias. La acusación particular interpretaba que el fedatario público no debió fiarse de la fotocopia de un documento de identidad, que había sido falsificado.

El tribunal de la Audiencia analiza con profundidad la responsabilidad que debe asumir el notario cuando autoriza un poder mediante un documento falso, como es este caso, por no haber actuado con diligencia. Tiene la obligación de comprobar que el documento de identidad es real y que la persona que tiene enfrente es la que figura en la foto del DNI. Sin embargo, en este caso los jueces interpretan que el primer engañado fue el notario, ya que el hombre que acudió a su notario era un abogado, y lo hizo acompañado de una persona que se parecía físicamente mucho a su madre. Por esta razón la Sala le absuelve de la indemnización que se le reclamaba.

El abogado

El individuo que acudió a la notaria, acompañado de una mujer que se hizo pasar por su madre, es un abogado que cayó en la droga y en el alcohol. Estas adicciones eran caras, sobre todo la primera, y por ello planificó una estrategia para apoderarse de los bienes que tenía su madre para venderlos y así obtener la financiación económica que necesitaba. Y para ello precisaba un poder notarial de su madre. Buscó a una persona con una edad aproximada a la de su madre, con parecido físico, y se fue a la notaría de Alcúdia. Al residir en Inca allí nadie le conocía ni a él ni a su madre. Si hubiera acudido al notario de Inca se podría haber descubierto el engaño.

El hombre ha reconocido los hechos porque no le ha quedado más remedio. La Audiencia de Palma le condena por dos delitos: falsedad y estafa. La perjudicada se dio cuenta de las maniobras de su hijo y le denunció. Logró que se anulara el poder notarial y también la operación de venta de su finca, que su hijo comercializó con una empresa constructora.

El acusado lleva más de un año intentando dejar esta adicción. Este intento le ha beneficiado porque el tribunal le reconoce una serie de atenuantes que evitarán, al menos de momento, que pueda ingresar en prisión.

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