El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha elevado la condena para un hombre que intentó matar a su exmujer estrangulándola con una cuerda en Palma. La sala aprecia la agravante de género, descartada en la sentencia de la Audiencia Provincial porque ya apreció la de parentesco, y fija la pena en cuatro años y medio de prisión. El TSJB sostiene que el acusado atentó «contra el principio constitucional de igualdad» para justificar su decisión, que admite en parte el recurso presentado por la víctima.

El hombre fue declarado autor de un delito de intento de homicidio con la agravante de parentesco y la Audiencia le impuso una condena de tres años y nueve meses de cárcel. El 24 de agosto de 2019, el acusado abordó a la víctima cuando salía de su domicilio y trató de sujetarle el cuello con una cuerda. «Como ya no me quieres, yo a ti te mato», le anunció. La víctima logró zafarse, propinándole un mordisco en un dedo y golpeándole con la pata de una mesa. Agresor y víctima llevaban 47 años casados, pero desde hacía una década no mantenían ya ninguna relación afectiva aunque seguían conviviendo. El tribunal rechazó apreciar la agravante de género porque entendió que no se había producido una «discriminación por razón de sexo, sino de un delito cometido contra un familiar». El fallo concluía que el hombre cometió el delito «no por el hecho de que la víctima sea mujer, sino por tratarse de su mujer».

La perjudicada, que ha ejercido la acusación particular en el proceso judicial, recurrió la sentencia ante el TSJB y solicitó que se elevara la condena hasta los diez años de cárcel. Entre otras cuestiones, reclamó que se apreciara la agravante de género. Exponía que había quedado probado cómo el hombre consideraba a la víctima «de su propiedad» y «exenta de libertad para decidir si quería continuar su vida con él o no». La fiscalía impugnó el recurso y solicitó que se ratificara la sentencia.

La sala de lo civil y penal y del TSJB hace suyos los argumentos de la víctima para considerar que sí concurre la agravante de género. Los magistrados señalan que en el juicio quedó claro que el acusado seguía y vigilaba a la mujer y que el intento de matarla evidencia que «no aceptaba la libertad de su esposa» y demostró con el ataque su «voluntad de superación y dominación sobre la misma». Los magistrados señalan que esos actos «atentan contra el principio constitucional de igualdad» y dan la razón a la acusación particular.

En cambio, rechazan el resto de pretensiones del recurso, que reclamaba también que el hombre fuera condenado por delitos de coacciones y malos tratos habituales, de los que fue absuelto por la Audiencia. Así, el TSJB fija la condena en cuatro años y cinco meses de prisión. El hombre está encarcelado desde el día que cometió la agresión.