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Un perdón judicial que cuesta casi un millón de euros

Una jueza de Palma fija una cifra récord y aplica la ley de segunda oportunidad que impide que una empresaria tenga que devolver las millonarias deudas que venía arrastrando

La ley de segunda oportunidad se ha aplicado en el juzgado de lo Mercantil de Palma. B. Ramon

Una empresaria de Mallorca, que desde hace años viene arrastrando las dificultades económicas que sufrió en plena crisis, se ha visto beneficiada de la conocida ley de segunda oportunidad. La jueza Margarita Poveda Bernal, del juzgado de lo Mercantil número 3 de Palma, le ha perdonado a esta mujer, al aplicarle los beneficios de esta ley, una deuda de cerca de un millón de euros, que inicialmente se había comprometido a pagar a sus acreedores pero no ha podido hacerlo. Sin duda es de momento la cantidad más alta perdonada por un juzgado de Mallorca, que viene aplicando una normativa que permite dar otra oportunidad de supervivencia a muchos empresarios que no han logrado salir del bache económico, tras la quiebra que sufrieron sus negocios.

Esta sentencia no solo es importante por la elevada cuantía de la deuda que se le perdona a esta empresaria, sino porque incluye entre los acreedores que no cobrarán el dinero que reclamaban a un organismo público, como es la Tesorería General de la Seguridad Social. Esta administración, personada en el concurso de acreedores, le reclamaba a la empresaria que abonara todas las cuotas impagadas de los trabajadores que tenía contratados en la empresa que perdió.

Esta ley que se ha aplicado en este caso lo que hace es dar una oportunidad a los empresarios que están en concurso, siempre y cuando se den una serie de requisitos, que no han podido cancelar todas las deudas en la fase de liquidación. Para beneficiarse de esta norma es necesario que el concurso de la empresa no se haya declarado culpable, es decir, que no haya sido por la irresponsable gestión del empresario, sino por otras circunstancias. El otro requisito fundamental es que el deudor no haya sido condenado por delitos contra el patrimonio, falsedad documental, contra la Hacienda Pública o contra el derecho de los trabajadores.

Intentar llegar a un acuerdo

Además de todo ello, para lograr que el juzgado perdone la deuda es también necesario que el empresario haya intentado alcanzar un acuerdo extrajudicial para pagar todo el dinero que le reclaman. Es decir, que haya intentado negociar un calendario de pagos con los acreedores, tanto privados como públicos, para comprometerse a devolverles el dinero que les debe. Para alcanzar este acuerdo es necesario la intervención del juzgado, a través de la administración concursal.

Pero este compromiso de saldar las deudas muchas veces es imposible cumplirlo. Cuando es así la empresa entra en fase de liquidación y desaparece, pero el empresario aún sigue arrastrando las deudas que se le pueden reclamar en cualquier momento. Es el caso de esta empresaria, que no pudo satisfacer los pagos que se comprometió por falta de recursos económicos.

Al demostrarse que pese a que ha intentado saldar sus deudas, pero que no lo ha conseguido, con esta ley de segunda oportunidad lo que se pretende es que el empresario no arrastre de por vida esta negativa situación económica. Es decir, se le ofrece la posibilidad de volver a empezar otro proyecto económico, dejando atrás su fracaso anterior.

Esta norma es muy estricta en cuanto a las condiciones que se exigen para que pueda beneficiarse de este perdón de las deudas y uno de los requisitos es que la empresaria en los últimos cuatro años anteriores a la declaración de concurso no haya rechazado ninguna oferta de empleo, adecuada a su capacidad laboral. Es decir, que se le ha ofrecido un empleo, pero que lo ha rechazado, de tal forma que renuncia a tener ingresos económicos y, por tanto, no puede pagar a sus acreedores. Pero también es necesario que demuestre que en ningún momento haya intentado engañar al juzgado ocultándole ingresos económicos que no ha destinado al pago de los créditos pendientes.

Buena fe

La jueza valora sobre todo la buena fe que ha mostrado esta empresaria extranjera, que sí se ha preocupado por ir pagando lo que se conoce como créditos privilegiados, entre los que se incluyen por ejemplo los sueldos pendientes de sus empleados. Es decir, entre el millón de euros que debe y que no tendrá que abonar, no se incluye estas deudas con los trabajadores, más otra serie de pagos preferentes que aún tiene pendientes.

Uno de los debates principales que se planteaban en el juzgado es si se debía incluir entre los créditos que se le perdona las deudas que arrastraba la empresaria con las administraciones. Hasta hace poco estas deudas no se perdonaban nunca, sea cual fuera la administración, pero una reciente reforma legislativa también las incluye. Por esta razón en este caso la jueza de lo Mercantil de Palma ha rechazado la oposición planteada por la Tesorería General de la Seguridad Social, que se oponía a que se le perdonaran las deudas porque seguía exigiendo cobrar lo que se le debía.

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