La Justicia vuelve a dar un espaldarazo a las restricciones impuestas por el Govern en la batalla contra el coronavirus. El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) avala las nuevas medidas acordadas por el Ejecutivo, en vigor entre el 23 de mayo y el 6 de junio, como el toque de queda entre la medianoche y las seis de la mañana, las limitaciones de las reuniones sociales en espacios públicos y privados y los controles a viajeros españoles. La sala de lo Contencioso Administrativo que ha vuelto a dividirse, con tres magistrados a favor y dos en contra de las medidas. Mientras la mayoría sostiene que están justificadas por la «incertidumbre sanitaria» y el hecho de que la vacunación no haya permitido llegar todavía a la inmunidad colectiva, las juezas discrepantes consideran que algunas son «desproporcionadas» y que la situación epidemiológica no es tan grave como para limitar de esta manera derechos fundamentales. «Una vida sin libertad, no es vida», sentencian en su voto particular. La resolución puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

En un auto publicado ayer, los magistrados Gabriel Fiol, Pablo Delfont y Fernando Socías autorizar todas las medidas para contener el coronavirus acordadas el pasado lunes por el Consell de Govern para las próximas dos semanas. Los tres magistrados señalan que el toque de queda -que se recorta una hora y pasará a ser de medianoche a seis de la mañana-, los controles a los pasajeros procedentes de otros puntos de España, la limitación de las reuniones familiares y sociales a seis personas en interiores y ocho en exteriores y la reducción del 50 por ciento del aforo en actos de culto en interiores cuentan con una «detallada justificación» científica en el informe del Comité de Enfermedades Infecciosas. Además, señalan que «el número de personas vacunadas actualmente no alcanza un porcentaje de inmunidad suficiente para llegar a la inmunidad colectiva, sumándose a ello la incógnita sobre el alcance temporal de esa inmunidad».

«Una vida sin libertad no es vida», sentencian las dos juezas que consideran injustificadas las medidas del Govern

En la resolución, los magistrados entran de lleno en el debate jurídico acerca de si pueden mantenerse las restricciones de derechos fundamentales sin el paraguas del estado de alarma, que decayó el pasado día 9. Y su respuesta es clara: sin duda. El auto considera que la legislación ordinaria, como la ley de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública o la Ley General de Salud Pública, «presta cobertura normativa respecto a la adopción de medidas limitativas de derechos fundamentales». Así, consideran que las comunidades autónomas «cuentan con el derecho ordinario para guiar su acción de la pandemia» y «adoptar cualquier medida que consideren necesaria».

El fallo rebate así los argumentos de la Fiscalía, que como ya hizo en el procedimiento anterior, presentó alegaciones. El ministerio público entendía que sin el amparo del estado de alarma no podían mantenerse el toque de queda ni las limitaciones a las reuniones sociales, aunque consideraba «proporcionadas y justificadas» el resto de medidas.

La sala, de nuevo dividida 

La resolución del TJSB, que da oxígeno al Govern para mantener las restricciones hasta el 6 de junio, no ha sido unánime. Como ya ocurrió cuando el Ejecutivo aprobó las restricciones al decaer el estado de alarma, las magistradas Carmen Frigola y Alicia Esther Ortuño han firmado un voto particular. Ambas consideran que las limitaciones «no superan el examen de proporcionalidad». Entienden que si bien la pandemia requiere medidas de protección, estas deben conciliar el derecho a la vida con el resto de derechos fundamentales, sin «caer en un automatismo cómodo [...] sin buscar ni intentar otras fórmulas». Las dos juezas sentencian: «Una vida sin libertad no es vida».

Las magistradas discrepantes consideran que los datos epidemiológicos señalan que «la evolución es buena» y que la vacunación está a punto de alcanzar ya a la población de 50 años. Por ello, cuestionan que no se alivien más las restricciones y vienen a decir que con ellas pagan justos por pecadores. «No es admisible que para evitar conductas incívicas de ciudadanos insolidarios y absolutamente irresponsables se adopten medidas que a todos coartan», concluyen. Por ello, se oponen a mantener el toque de queda, las limitaciones de las reuniones sociales y los controles a pasajeros del resto de España.