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Indemnizan a los padres de un bebé que nació muerto en Palma

La administración sanitaria reconoce la negligencia médica cometida en Son Espases

El nacimiento tuvo lugar en el hospital de Son Espases.

La administración sanitaria de Baleares ha alcanzado un acuerdo con los padres de un bebé que nació muerto, debido a la negligencia cometida por los médicos que atendieron a la madre durante el parto. El nacimiento se produjo en el hospital de Son Espases y debido a esta negligencia los padres recibirán una indemnización de 100.000 euros. Debido a que los hechos eran muy claros no ha sido necesario que los padres hayan tenido que llegar a juicio contra el IB-Salut. Se ha alcanzado un acuerdo entre ambas partes, que ha sido ratificado por un juzgado de Palma.

Los hechos se sitúan el día 10 de junio del año 2018. La mujer desarrolló un embarazo normal. Durante el periodo de gestación no se detectó ningún tipo de complicación en el feto. Ese día la mujer ingresó en el hospital público para dar a luz a su hijo. El parto fue largo y complicado, hasta el extremo de que al nacer el niño estaba muerto.

Los padres denunciaron lo que consideraron una negligencia y acudieron al abogado Daniel Martínez Raso para que defendiera sus intereses. El letrado tuvo que interponer dos demandas contra la administración sanitaria. La primera fue para solicitar la entrega del historial clínico de la embarazada, dado que se negaba su entrega a los padres a pesar de los múltiples requerimientos enviados. La segunda demanda fue para demostrar la negligencia médica cometida en el proceso de nacimiento.

Para demostrar los hechos, y una vez que se tuvo acceso al historial clínico, los padres contrataron un peritaje externo. Se le encargó a un ginecólogo especialista en negligencias que estudiara el caso. El médico no tuvo ninguna duda y llegó a la conclusión de que la mala praxis de los facultativos que atendieron a la mujer era evidente. Ante esta conclusión el siguiente paso fue presentar una demanda contra la aseguradora del hospital.

El estudio del caso demostró que durante el parto el pequeño padeció un sufrimiento fetal. Esta situación no fue apreciada por los sanitarios que estaban atendiendo a la embarazada. Sin embargo, ha quedado claro en este pleito que en el parto no se adoptaron los protocolos médicos que establece la Sociedad Española de Ginecología para evitar el sufrimiento fetal.

La gravedad de la situación se reflejaba en los datos que señalaban la frecuencia cardiaca fetal. Además, la lectura básica del parto estaba arrojando unos valores críticos que no se tuvieron en cuenta. La situación real es que el pequeño estaba sufriendo una reducción del oxígeno. Ante esta situación de riesgo lo que se suele hacer es realizar una cesárea urgente. Sin embargo, en este caso, y de allí la negligencia cometida, se decidió continuar con un parto natural. El resultado no pudo ser peor dado que el pequeño nació sin vida.

La compañía de seguros que cubre la responsabilidad de los médicos de la sanidad pública, ante la evidente negligencia, negoció un acuerdo con la familia, a través del abogado Daniel Martínez, que está adscrito al gabinete jurídico del Defensor del Paciente. El acuerdo alcanzado obligó a la compañía a indemnizar a los padres de la familia con la cantidad de 100.000 euros. Este acuerdo fue ratificado después en un juzgado de primera instancia de Palma.

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