La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears desestimó ayer el recurso presentado contra la conselleria de Salud y Consumo por parte de una ciudadana que denunció la vulneración de los derechos fundamentales el cierre perimetral en septiembre de 2020 de la zona básica de salud de Arquitecto Bennàzar de Palma.

El TSJB considera que las medidas adoptadas venían corroboradas por los datos de evolución e incidencia de los contagios en dicha área básica de salud, reflejados en el Informe Epidemiológico emitido el 14 de septiembre, y que además estaban sustentadas constitucional y legalmente con el fin de contener el avance de la propagación del virus.