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Cómo se usará la mascarilla en las playas de Mallorca

Estas son las nuevas normas para el uso obligatorio de la mascarilla en actividades deportivas y de ocio

Playa de Can Pere Antoni (Palma)

El Gobierno trasladó ayer a las comunidades autónomas en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud una propuesta para determinar el uso de las mascarillas y suavizar los efectos de la ley del pasado 29 de marzo, que imponía la utilización del cubrebocas siempre y en todo lugar público, sin importar que se pudiera mantener o no la distancia de seguridad.

Así, Sanidad propone el uso de la mascarilla obligatoria en las playas cuando se esté paseando o en situaciones en que no haya distancia de seguridad, mientras que se excluye durante el baño, la práctica de deporte o en los periodos de descanso en un lugar fijo, tanto en el mar como en piscinas y otros espacios acuáticos.

En concreto, se pretende acordar la regulación del artículo 6.2 que establece que no será exigible el uso de mascarilla en el caso del ejercicio de deporte individual y permite que se pueda exceptuar el uso de la mascarilla cuando, por la propia naturaleza de las actividades, ese uso resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

En este resquicio legal se incluirá el permiso para tomar el sol sin mascarilla en la playa o la piscina. Así, Sanidad pretende equiparar al ejercicio de deporte individual a las actividades que supongan un esfuerzo físico intenso, de carácter no deportivo, al aire libre y de forma individual.

Mascarilla obligatoria para pasear por la playa pero no para tomar el sol

Mascarilla obligatoria para pasear por la playa pero no para tomar el sol Agencia ATLAS

La propuesta detalla las actividades incompatibles con el uso de la mascarilla

- El baño en el mar, lagos o embalses, ríos u otros espacios acuáticos naturales o en piscinas en el exterior o cubiertas.

- La práctica de deporte en el medio acuático, sea éste natural o artificial.

- Los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo. En el caso de las playas o en entornos asimilados, solo podrá extenderse mientras esté en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes o asimilados. En las piscinas, solo entre intervalos de actividad.

- Las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático.

- Los periodos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.

Sanidad suaviza los efectos de la ley del pasado 29 de marzo, que imponía la utilización del cubrebocas siempre y en todo lugar público

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Uso obligatorio de la mascarilla:

- El paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales.

- El paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos.

- El uso de vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas.

- La permanencia en el exterior o interior de establecimientos de hostelería fuera de los periodos necesarios para comer o beber.

Esfuerzo físico intenso

Las mascarillas podrán no llevarse cuando se realice un "esfuerzo físico intenso", de carácter no deportivo, al aire libre y de forma individual, siempre y cuando se mantenga 1,5 metros de distancia, según han acordado este miércoles el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas en el pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

De esta forma, se modifica la ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, conocida como ley de 'nueva normalidad', aprobada el pasado 18 de marzo en el Congreso de los Diputados y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado martes, en la que se establecía la obligatoriedad de utilizar mascarillas en todos los lugares y circunstancias.

Las playas seguirán cerradas

Las playas deben seguir cerradas durante la noche, pero se introduce la posibilidad de que los ayuntamientos puedan modificar el horario de cierre, si lo consideran oportuno. Ahora se cerraban a las 21 horas. Se pueden reunir grupos de hasta seis personas de dos núcleos de convivientes, con mascarilla.

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