El Govern balear ha informado de que los vehículos de servicio, como taxis, camiones y autocares, sí pueden exhibir publicidad de otras empresas, ante la reciente preocupación mostrada por la Federación Empresarial Balear de Transporte (FEBT).

En un comunicado, la Conselleria de Movilidad y Vivienda explica que la ley de medidas urgentes para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa para paliar los efectos de la crisis de la covid-19 aclara algunos aspectos relacionados con la publicidad en las carreteras y modifica algunos artículos de la Ley 5/1990 de carreteras de la comunidad autónoma. En concreto, se indica que se prohíbe la publicidad visible desde la zona de dominio público de las carreteras integradas en las redes primaria y secundaria y se detallan las excepciones, como la rotulación informativa, los carteles que indiquen lugares de interés público y otros lugares como talleres, restaurantes o comercios.

La norma hace referencia expresa a la publicidad en los vehículos que circulen por las carreteras y «deja claro» que los letreros que se coloquen encima un vehículo, sobre su techo, referidos a su propia actividad no se consideran publicidad; por lo tanto, se pueden colocar siguiendo determinadas condiciones. Estas condiciones se imponen por motivos de seguridad viaria, ha señalado la conselleria. Por lo tanto, los vehículos de servicio pueden mostrar, siempre que no sea un elemento que sobresalga del vehículo, publicidad de otros negocios, como hasta ahora, como una fuente de ingresos más para sus respectivas empresas.