La conselleria de Salud no supo concretar ayer qué consecuencias conllevará el hecho de falsificar la autodeclaración responsable que han puesto a disposición de todos los ciudadanos de Balears autodeclaración responsable que han puesto a disposición de todos los ciudadanos de Balears con patologías graves para que puedan evitar tener que llevar una mascarilla que puede resultarles perjudicial. Y evitar al mismo tiempo la imposición de las multasestablecidas por incumplir la obligación de circular por la vía pública en vigor desde el pasado día 13.

Mientras tanto, la promotora de esta declaración responsable, la directora asistencial del Servei de Salut Eugenia Carandell, justificó ayer esta iniciativa por dos motivos: Que se trata de empoderar a la ciudadanía en la toma de decisiones relacionadas con su salud y al mismo tiempo evitar exponer a estas personas con patologías graves a un posible contagio al desplazarse hasta su centro de salud para reclamar a su médico un certificado que le permita deambular sin una mascarilla nociva para su estado de salud.

"Que soy consciente de las responsabilidades que podrían exigírseme por la inexactitud de la declaración", reza literalmente el último punto de la declaración. Sin embargo, Salud no supo dar razones sobre cuáles eran esas responsabiladades. Y remitió a este diario a la conselleria de Administraciones Públicas.

El departamento de Isabel Castro apuntó al artículo 69 sobre declaraciones responsables de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo que en su punto 4 establece que "la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable o a una comunicación, o la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable, la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, o la comunicación, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar".

Consultadas fuentes judiciales sobre qué responsabilidades penales, civiles o administrativas podía conllevar la falsificación de este documento, señalaron que penales o civiles, previsiblemente ninguna. Argumentaron que un delito de falsedad documental sería fácilmente rechazado al tener que consignar el presunto infractor tan solo su nombre y la fecha en el documento, no modificar su enunciado. Infracción penal tampoco apreciaron que se podría aplicar las citadas fuentes al señalar que los delitos contra la Salud Pública hacen referencia a otras cuestiones de mayor gravedad.

Resolución previa

Tan solo quedaría por tanto la vía administrativa. Y las fuentes judiciales subrayaron que para poder penalizar esa acción la conselleria de Salud tendría que haber hecho previamente una regulación administrativa. "Para poder multar o castigar ha de estar regulado previamente", supeditaron.

Y a tenor de una respuesta postrera de la conselleria de Salud parece que esta regulación previa no se ha hecho. "Salud no establece sanciones por falsificar documentos. Las sanciones las establecen las normativas correspondientes. Las multas variarán según la circunstancia. Hasta 100 euros por no llevar mascarilla, más todo lo que se pueda derivar por mentir o incluso por falsedad documental".

Todo apunta pues a que a una persona que falsifique este documento solo se le podrá imponer la sanción máxima por no llevar la mascarilla, 100 euros. Y advertirle de que está obligado a llevarla.