El Govern balear cuenta por ahora con el aval judicial para adoptar las contundentes medidas que ha adoptado en las zonas calientes del turismo de excesos, en aras a la seguridad sanitaria. El juez entiende que no da lugar a revocarlas o acotarlas al no afectar a derechos fundamentales.

La abogacía de la Comunidad presentó un escrito en el juzgado de lo Contencioso, pidiendo que se ratificara una decisión judicial anterior que daba cobertura legal a las medidas excepcionales que acordó el Govern, para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por la pandemia, una vez iniciada la transición hacia la nueva normalidad. El juez, en un auto dictado el 25 de junio, y en otro posterior del 14 de julio, ratificaba dichas medidas sanitarias, que formaban parte del plan de prevención del coronavirus. Unas medidas que incluían las actuaciones necesarias para evitar la venta de alcohol en locales abiertos al público, así como la prohibición de aglomeraciones de personas para evitar posibles contagios.

El Ejecutivo balear modificó algunos de los aspectos iniciales del acuerdo que establecía estas medidas, añadiendo otras actuaciones que afectaban a las actividades turísticas, de comercio, ocio y restauración, con la finalidad de ir adaptándose a las circunstancias actuales. Esta propuesta de la abogacía no ha sido respaldada por el juez, porque entiende que no es necesario respaldarlas otra vez, aunque ello no supone que queden sin efecto las medidas que acordó el Govern, como por ejemplo ordenar el cierre de determinados locales que venden alcohol en Magaluf y Playa de Palma.

El hecho de que el juzgado contemple que estas actuaciones de la administración estén respaldadas por la ley, no impide que se pueda ejercer el derecho a presentar un recurso judicial contra estas medidas. De hecho, los empresarios de Magaluf afectados por la orden de cierre de sus actividades ya han anunciado que presentarán un recurso judicial contra esta medida del Govern, que entienden que es ilegal, y tienen previsto pedir que se adopte una decisión cautelar que permita recuperar la actividad. Eso sí, solo cabe ahora la vía del contencioso-administrativo.

Situación extraordinaria

En la resolución judicial se señalan los artículos de la ley que permiten a la administración limitar una serie de derechos en situaciones excepcionales, como sería en estos momentos el control de los contagios. Si bien el juez señala que algunas de estas medidas han planteado dudas, afirma que se trata de una situación extraordinaria, que persigue un fin que está amparado en normas legales.

En la ampliación de las restricciones que aprobó el Govern también se incluía la paralización temporal de las actividades de los locales de ocio de tres calles, dos de ellas en la Platja de Palma, y otra en Magaluf, después de que se produjeran situaciones que ponían en riesgo la salud.

Por otra parte, la portavoz del Govern, Pilar Costa, mostró ayer su respeto a la "legítima" intención de empresarios afectados por el cerrojazo en Punta Ballena y la calle del Jamón y la Cerveza, de acudir a los tribunales "en defensa de sus intereses particulares", pero recordó que los del Govern son "la defensa de los intereses generales de los ciudadanos y la salud es el primero".

En este sentido afirmó que el Govern "siempre tiene abiertas las puertas para hablar", pero dejó muy claro que el cierre de estas calles no fue por el incumplimiento de alguna "medida administrativa" sino por que se estaba "poniendo en riesgo la salud" de los ciudadanos.

Añadió que el sector turístico ha apoyado medidas del Govern que "pueden parecer incómodas" por que "la peor promoción turística de Balears" sería que aumentara el numero de contagios. Junto a ello Costa precisó que el cierre de los establecimientos de estas calles se refiere al ocio nocturno y a aquellos que vendan alcohol. En este sentido, el Govern publicó una instrucción el jueves aclarando que el resto de los establecimientos pueden seguir abiertos siempre y cuando no vendan bebidas alcohólicas.