El ecuatoriano Augusto Fernando V.R. fue condenado a 40 años de cárcel por asesinar a cuchilladas a su exmujer y al amante de ella en Palma. Doce años después de aquel doble crimen, es ya un hombre libre. El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha acordado sustituir el resto de la pena por su expulsión de España, como solicitó su abogado, Bartomeu Oliver. El fallo revoca la negativa de la Audiencia Provincial, que consideró "prematura" su puesta en libertad y destacó que ni había mostrado arrepentimiento ni había indemnizado a los familiares de una de las víctimas. La decisión es ya firme y no puede ser recurrida.

El 27 de enero de 2007, Augusto Fernando V.R. se coló en la vivienda de su exmujer, Olimpia Ketty Tomala, en la calle Málaga de Palma tras romper un cristal. Tenía prohibido acercarse a ella por denuncias anteriores de malos tratos. El hombre se escondió en una habitación y esperó.

Aguardó hasta que su expareja llegó a la vivienda acompañada de un hombre, Jorge Juan Báez. Cuando la pareja se desnudó para mantener relaciones sexuales, Augusto Fernando V.R. se abalanzó sobre ellos armado con dos cuchillos, con los que asestó una veintena de puñaladas a las víctimas. Báez consiguió alertar por teléfono a los servicios de emergencias, pero falleció allí mismo. Ella murió cuando era trasladada en ambulancia al hospital Son Dureta debido a las gravísimas lesiones sufridas. El asesino huyó del lugar, pero la Policía Nacional consiguió detenerlo en cuestión de minutos.

El caso fue juzgado por un tribunal popular. Augusto Fernando V.R. fue declarado autor de dos delitos de asesinato, allanamiento de morada y quebrantamiento de medida cautelar. El magistrado le impuso por ellos penas que sumaban 38 años de prisión. Además, fue condenado en otras causas a tres años por lesiones y nueve meses por detención ilegal. De los 40 años y cinco meses totales, se fijó el cumplimiento máximo en 25.

En octubre pasado, tras permanecer recluido algo menos de trece años, el hombre accedió al tercer grado penitenciario sin que nadie presentara recursos contra esta decisión. Su abogado solicitó entonces a la magistrada que dictó la sentencia por el doble crimen que sustituyera los doce años pendientes de condena por su expulsión de España. La Fiscalía y la Abogacía del Estado se mostraron de acuerdo, pero los familiares de Báez se opusieron. Según alegaron, el hombre no ha mostrado ningún tipo de arrepentimiento ni ha abonado la responsabilidad civil.

La Audiencia rechazó la petición de Augusto Fernando V.R. La jueza destacaba la gravedad de los delitos cometidos y consideraba "prematura" su expulsión de España. Señalaba que "de salir en libertad a su país se transmitiría el indeseable mensaje de que las consecuencias del hecho que previó la sentencia son fácilmente eludibles por el mero hecho de ser extranjero".

El letrado Bartomeu Oliver recurrió esta decisión ante la sala civil y penal del Tribunal Superior, que le ha dado ahora la razón. Los tres magistrados señalan que el acceso al tercer grado penitenciario supone la sustitución de la ejecución del resto de la condena por la expulsión de España. El auto revoca así la decisión de la Audiencia Provincial, a quien ordena que se pronuncie de forma urgente sobre el plazo durante el que Augusto Fernando V.R. no podrá regresar a España, entre cinco y diez años, desde que sea expulsado. Esta decisión del Tribunal Superior no puede ser recurrida.