La Audiencia de Palma ha estimado un recurso de apelación contra el archivo de la demanda de representantes de la familia Sanchez-Hill contra la cadena hotelera Meliá por hoteles en Cuba construidos sobre terrenos explotados por el Estado en 1960 y reconoce el derecho de los demandantes a obtener una sentencia aunque la misma deba ser desestimatoria.

El tribunal dictó ayer un auto en el que estima el recurso de apelación que interpuso la compañía estadounidense Central Santa Lucia contra la decisión que adoptó el Juzgado de Primera Instancia número 24 de Palma de archivar las actuaciones por falta de jurisdicción, así como de competencia judicial internacional, atendiendo la petición de la Fiscalía y de Meliá, ha informado la cadena hotelera mallorquina.

El juzgado palmesano estimó en septiembre de 2019 la declinatoria de Meliá contra la demanda por la explotación de dos hoteles en Cuba por no tener jurisdicción y porque España no tiene competencia internacional para que sus juzgados resuelvan pleitos sobre inmuebles situados fuera de su territorio.

Meliá recuerda que, entre otros argumentos, el auto de archivo afirmaba que un tribunal español no es competente para entrar a valorar si la nacionalización acordada por el estado cubano en el año 1960 fue o no lícita.

La Audiencia, sin embargo, estima ahora que la demanda planteada debe tramitarse, atendiendo exclusivamente a su configuración literal y el cumplimiento de ciertos requisitos formales, y en ese sentido, considera que los juzgados y tribunales españoles sí poseen jurisdicción y competencia judicial internacional para tramitar un procedimiento frente a una sociedad domiciliada en España en ejercicio de lo que parece identificar como acción personal de indemnización. El tribunal entiende que el juzgado de primera Instancia número 24 de Palma sí tiene competencia para dictar sentencia. Meliá planteará que la demanda no es pertinente y que entiende que la tramitación del procedimiento en sí misma vulnera el Estatuto de Bloqueo comunitario.