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Entrevista

Antoni Llabrés: "Se permite salir por necesidad y eso es algo muy inconcreto"

El jurista alerta de que el Gobierno debería haber "aclarado los criterios" de las excepciones al confinamiento: "Se tomarán decisiones arbitrarias"

Antoni Llabrés, en una calle del centro de Palma totalmente vacía.

P Con el estado de alarma por el coronavirus se ha abierto toda una temática de debate jurídico.

R El debate que hay es si de los tres posibles estados previstos en la Constitución para afrontar emergencias -alarma, excepción y sitio-, el de alarma es el más adecuado. En principio parece el más idóneo porque la ley que lo regula lo prevé, entre otras cuestiones para crisis sanitarias y menciona expresamente epidemias. Está previsto para emergencias como terremotos, inundaciones, grandes incendios, desabastecimiento, paralización de servicios esenciales, que fue el caso de 2010 por la huelga de controladores, que es el único precedente que ha habido en cuarenta años de democracia. Sin embargo, a diferencia de los otros dos, el estado de alarma no contempla la suspensión de derechos fundamentales, sólo la limitación. El debate está en si las restricciones contempladas en el decreto no son sólo una limitación, sino una prohibición general con excepciones y creo que de facto se acerca más a lo segundo.

P Hay quien ha hablado de "estado de excepción encubierto".

R Efectivamente, es el mismo planteamiento expresado con palabras más gruesas. De todas formas, todos aquellos que lo han planteado lo han hecho de un tono descriptivo. No se cuestiona que estas medidas sean necesarias, sólo si el instrumento que se ha utilizado para aplicarlas era el idóneo, y no se cuestiona porque los juristas no tenemos el criterio sobre si estas medidas eran las más eficaces ante la crisis sanitaria.

P ¿No se ha aplicado correctamente el estado de alarma?

R Es una cuestión que se deberá estudiar e incluso modificar de cara al futuro si es un escenario que se volverá a vivir. A todos y naturalmente a los poderes públicos nos ha cogido sin estar preparados, tampoco jurídicamente.

P Desde que empezó el confinamiento, las policías han ido informando del levantamiento de centenares de actas con propuesta de sanción

R Resulta muy difícil generalizar, porque hay cientos de miles de actas levantadas. Habría que examinar qué canalización se les da, si va por la ley de Seguridad Ciudadana o por otras vías como la ley de Protección Civil o por ley de Salud Pública. He visto boletines de denuncia de la Policía Local citando la ley de circulación. Evidentemente, como ante cualquier propuesta de sanción al ciudadano le queda alegar si estaba justificado o no. Luego habrá que ver que criterio aplica la Delegación de Gobierno.

P ¿Y acabarán siendo sancionadas con los famosos 600 euros de los que se está hablando?

R Si no hablamos de un delito, y salir a la calle pese al confinamiento no es delito, se le pueden aplicar el artículo 36.6 de la ley de Seguridad Ciudadana que alude a desobediencia a la autoridad o negativa a identificarse, el marco va de 600 euros a 30.000 euros; si hablamos de delito porque ya se le han levantado varias actas y estaríamos ante una desobediencia grave ya la pena puede ser de hasta un año de cárcel. Si hay una resistencia, incluso con agresiones, como hemos sabido de aquí en algunos casos, episodios lamentables, ya es un delito más grave y son penas de prisión más elevadas.

P Hay ciudadanos que tienen dudas a la hora de salir a la calle y el decreto no se las resuelve.

R El decreto del estado de alarma permite salir por causas de fuerza mayor o necesidad y esto es un concepto inconcreto. Es muy difícil determinar qué es necesidad o fuerza mayor, incluso no está definido qué es un producto de primera necesidad. Todo el mundo esperaba una orden del Ministerio de Interior para aclarar esta cuestión y, sin embargo, la orden que sacó no lo ha aclarado. Hemos encontrado criterios adoptados por policías locales de ciudades concretas, la comandancia provincial de la Guardia Civil en Alicante haciendo un listado de qué alimentos entraban y cuáles no, lo que es surrealista, secciones sindicales de la Policía Nacional difundiendo criterios de actuación, los Mossos dudando de qué ley aplicar, la Delegación del Gobierno en Madrid pidiendo un informe a la Abogacía del Estado... En una palabra, un caos.

P La Delegación del Gobierno ha pedido ir cuantas menos veces a hacer la compra y siempre al establecimiento más cercano.

R No tiene ninguna fuerza normativa, son recomendaciones. Lo lamentable es que no se hayan unificado criterios. El Ministerio de Interior debería haber aclarado estos criterios. Los únicos matices que se han hecho son el caso de discapacitados y personas con trastornos del espectro autista y el de los animales de compañía. Evidentemente esta falta de criterios va en contra de la seguridad jurídica. Se tomarán decisiones enormemente arbitrarias y discrecionales.

P En Balears no ha trascendido ningún caso así, pero en la Comunidad Valenciana se ha informado de sanciones de la policía local a un joven por salir a comprar coca-cola, chocolate y salchichas o a otro por comprar Nocilla. ¿Puede prosperar?

R Curiosamente este caso se trata de un municipio de la provincia de Alicante, que es justo donde la Guardia Civil hizo un listado, y en ese listado entraban productos dulces, donde podría entrar el chocolate, y bebidas no alcohólicas, donde podría entrar la Coca-Cola. De todas formas lo que está pasando aquí también está pasando en otros países del entorno, con sanciones muchos más duras.

P Con esta falta de concreción, los cuerpos de seguridad se deben encontrar vendidos.

R Si su cuerpo ha dado algún tipo de criterio, el agente o la pareja de agentes al menos tienen ese paraguas; pero si, por ejemplo, al policía local de Llubí o el de Algaida que toca la guitarra no le han dado ningún criterio, tiene que interpretar el decreto y se encuentra con cierta precariedad para el ejercicio de sus funciones. Desde luego no hay que culpabilizar a los miembros de los cuerpos y fuerzas de seguridad, ya que ellos pueden encontrarse con el problema, pero no es, en ningún caso, culpa suya.

P¿La importancia del confinamiento estos días no puede justificar hacer una interpretación restrictiva del decreto y de esas limitaciones a la movilidad?

R Creo que lo deseable al hablar de normas sancionadoras es que en caso de duda se haga una interpretación en beneficio del denunciado, que se opte por una interpretación garantista y que tenga en cuenta el déficit de concreción que han tenido las normas.

P Entonces, ¿había que haber sido más concretos en el decreto?

R Desde luego yo no cuestiono la necesidad de tomar estas medidas excepcionales en una situación extraordinaria de crisis sanitaria como la que nos encontramos, lo que llama la atención es la manera en la que se ha querido reforzar las prohibiciones con procedimiento sancionadores con los déficits que comentaba. Estamos en una situación sin precedentes y esto nos debe permitir mejorar los instrumentos normativos para que en el futuro no nos coja desprevenido y que deje claro los procedimientos a tomar.

P Se ha visto patrullar a policías locales, Guardia Civil, Policía Nacional, al Ejército e incluso, aunque no prosperó, se llegó a plantear también a agentes de la ORA

R Hemos visto cómo al Ejército se le hizo desempeñar funciones de mantenimiento del orden público y esto ha sido muy discutido. La ley de Defensa Nacional contempla que las fuerzas armadas puedan colaborar en la preservación de la seguridad, pero de forma auxiliar. Pero hemos visto detenciones llevadas a cabo por las fuerzas armadas cuando no tienen por qué tener la formación específica para detener a un ciudadano como sí tienen los agentes de la policía o de la Guardia Civil o imágenes de Palma o de algunos municipios de las islas con el Ejército desplegado sin estar haciendo ningún tipo de tarea de apoyo. Parece que el propio Ministerio de Defensa ha reculado.

P El Gobierno está estudiando el desconfinamiento aislando a los positivos asintomáticos

R Sí, de hecho ya está previsto en la legislación. La ley de Medidas Especiales en Salud Pública habla de hospitalización o ingreso obligatorio y creo que hay otras normas que también lo contemplan. En base a esta ley ya se tomaron medidas restrictivas los días anteriores al estado de alarma, como los confinamientos parciales en Haro, en Igualada o el grupo de turistas de un hotel de Tenerife.

P La geolocalización y el control de movimientos a través de los datos de los móviles sonaba muy bien cuando se hablaba de él en Corea del Sur, pero al haber aparecido en un decreto aquí, han saltado muchas alarmas.

R ¿Estamos dispuestos a que el derecho fundamental a la intimidad y a la protección de los datos personales se relaje? ¿Estamos dispuestos a ceder para afrontar una crisis sanitaria como esta? Es un debate que en los próximos meses deberemos tener como sociedad. O la inviolabilidad de domicilio si se sabe que en un domicilio hay personas contagiadas llevando a cabo conductas peligrosas, o el derecho a la libertad de información y expresión, si el Estado tiene la tentación de controlar mensajes por las redes como las fake news. Ahora mismo, en estos momentos, es muy fácil descalificar per se cualquier voz crítica, de un medio, de un partido, de un presidente autonómico, sobre las cosas que se hacen.

P ¿Los ciudadanos saldrán de esta crisis con menos derechos?

R Sí, es evidente. En contextos como el que estamos viviendo es difícil adoptar posturas críticas porque es fácil justificar una limitación de derechos para ser lo más eficaces al superar la crisis, pero hay que procurar que la salida de la crisis se lleve a cabo lesionando lo mínimo posible los derechos. Lo que vemos es que ante situaciones críticas se refuerzan las herramientas autoritarias, como concentrar el poder en unas manos. Es un toque de atención de cara al futuro. Si para poder enfrentarnos a estas amenazas globales, para dotar a los poderes públicos de mecanismos de mayor eficacia, no sea imprescindible la limitación de derechos fundamentales, que es lo que pasa ahora, lo peor sería la suspensión. Además de las prioridades de financiación de los servicios públicos o de la situación económica, desde el punto de vista del derecho este es uno de los temas más importantes que nos tocará enfrentarnos en los próximos meses.

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