El Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJIB) acordó ayer el ingreso en prisión provisional del juez Manuel Penalva y el fiscal Miguel Ángel Subiránel pasado jueves declararon en calidad de investigados por presuntas irregularidades en la instrucción de la macrocausa de corrupción policial en Palma, conocida como el caso Cursach.

Los dos juristas, que fueron interrogados en el TSJIB por su condición de aforados, defendieron su investigación alegando que se trataba de una causa dura, contra una mafia. Ambos están acusados de los presuntos delitos de revelación de secretos, prevaricación, deslealtad profesional y detención ilegal.

Al acabar su declaración, que concluyó a primera hora de la tarde, una de las acusaciones, en representación de la Asociación sin Ánimo de Lucro de Víctimas de Arbitrariedades Judiciales, pidió que los dos investigados fueran encarcelados en una vistilla de medidas cautelares. La Fiscalía y la defensa se opusieron a la prisión provisional.

Fuerte arraigo

El magistrado instructor de la causa, Carlos Gómez, del TSJIB, explica en el auto que comunicó ayer que rechaza la propuesta de que Penalva y Subirán sean encarcelados porque no se cumple ninguno de los requisitos que establece la Ley. Entiende el juez que no existe riesgo de fuga, a lo que se añade que los dos investigados cuentan con un fuerte arraigo en la isla, donde han ejercido desde hace “largos años” como juez y fiscal, respectivamente. Tampoco cree el instructor del TSJB que exista peligro de destrucción o alteración de pruebas, porque los documentos y principales pruebas ya están incorporados a las actuaciones.

Tampoco existe la posibilidad de que actúen contra bienes jurídicos de la víctima porque, según el auto, los hechos investigados que se les imputan no son individualizables en una concreta víctima, sino que son de titularidad colectiva o social al tratarse de la protección de secretos oficiales, el buen fin de la investigación judicial o la administración de justicia.

Además, según el magistrado, no consta ningún elemento en la causa del que pueda deducirse el riesgo de una eventual actuación de los investigados contra bienes jurídicos de cualquier víctima.

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