El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha anulado el despido de un trabajador por absentismo injustificado debido a que durante su ausencia estuvo cuidando a su abuela, hospitalizada en el centro de Son Llàtzer de Palma. La empresa había despedido al empleado alegando que éste se había dado de baja voluntariamente, pero el tribunal postula que los hechos no demuestran esa afirmación y que se trató de un despido improcedente.

El caso se remonta a diciembre de 2015 y enero del 2016, cuando un cajero de una gran superficie palmesana estuvo varios días, en dos períodos, de baja por enfermedad. El trabajador fue dado de alta el 15 de enero del 2016, pero no se incorporó a su tienda, lo que fue interpretado por la empresa como un abandono voluntario.

El cajero no entregó el alta médica a sus jefes hasta el día 18 y lo hizo a través de un amigo. El día 19 la empresa le mandó un telegrama advirtiéndole de que debía justificar sus días de ausencia, ya que en caso contrario sería dado de baja.

El trabajador no recogió el telegrama hasta el día 22, día en que fue dado de baja de la empresa. El despedido demandó a la gran superficie y un juzgado de lo social dictaminó que no se había tratado de una baja voluntaria, por lo que absolvió a la empresa y ratificó el despido.

Ahora la sala de lo Social del TSJB ha revocado la sentencia y ha determinado que el cajero no se fue de manera voluntaria de la empresa, sino que fue despedido por sus jefes. La razón para este cambio estriba en que el empleado aportó, en fecha no determinada, un justificante a sus jefes de que su abuela estaba ingresada en Son Llàtzer y tenía que cuidarla. En el papel aparece un sello de la gran superficie, aunque no consta la fecha en la que se estampó.

El Alto Tribunal recuerda que el Estatuto de los Trabajadores concede un permiso retribuido a los trabajadores de dos días "en caso de hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad". Para disfrutar de ese permiso se requiere el previo aviso y la justificación de la ausencia. Existe la posibilidad, recuerda el fallo, de que los empleados puedan disponer de hasta cuatro días de licencia si tienen que desplazarse para cuidar a sus familiares.

En el caso enjuiciado, el hecho de que el cajero hubiera entregado a sus superiores el justificante del ingreso de la abuela es lo que le ha salvado del despido.

Por otro lado, la sentencia analiza la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de abandono o baja voluntaria. El Alto Tribunal ha dictaminado que es "necesaria una voluntad del trabajador clara, concreta, consciente, firme y terminante, reveladora de su propósito" y que sea expresa o tácita. Estos requisitos no se han producido en este supuesto, donde el vendedor no expresó de manera clara su voluntad de irse.