Una sala especial del Tribunal Superior de Justicia (TSJB) ha dictaminado que el tribunal que juzgará el caso Móviles, los presuntos delitos cometidos por el juez Miguel Florit al dictar unos autos que supuestamente vulneraron el secreto profesional de dos periodistas que cubrían el caso Cursach, será el presidido por Antoni Terrasa, presidente del Alto Tribunal, y los magistrados Carlos Gómez y Pedro Barceló. La sala ha rechazado la petición de recusación de ese tribunal formulada por el fiscal superior de Baleares, Bartolomé Barceló, que sostenía que los tres jueces ahora confirmados habían perdido su imparcialidad objetiva al dictar algunas resoluciones sobre el caso Móviles.

La sala especial analiza uno por uno los argumentos del fiscal superior, que se basó en varios párrafos de resoluciones dictadas por los tres jueces y en el hecho de que dos de ellos admitieran a trámite la querella de Diario de Mallorca y Europa Press contra Florit, en vez de que lo hiciera la jueza instructora, Felisa Vidal.

Respecto a la admisión a trámite de la querella y la posible pérdida de imparcialidad, la sala especial afirma que "admitir a trámite una querella no comporta una calificación jurídica -ni siquiera preventiva- de los hechos anunciados en la misma, tampoco supone apreciación referente a la conducta atribuida al querellado y, desde luego, nada resuelve al respecto".

Sobre el hecho de que fuera la sala y no la instructora la que admitiera la querella, el tribunal especial entiende que "es una cuestión estrictamente procesal, ajena al análisis que aquí examinamos, que se circunscribe exclusivamente al examen de imparcialidad de los magistrados recusados".

"No concordamos con el argumento del ministerio fiscal que va más allá de lo que la sala [el tribunal del caso Móviles] expone. La sala no dice lo que el recusante [el fiscal superior] sostiene, ni de forma directa, ni contrario sensu. La sala solo y exclusivamente se pronuncia sobre lo acertado de la decisión de la instructora de realizar la prueba pericial informática, sin que esa manifestación pueda extenderse a valoración del contenido de la prueba, o de sus implicaciones o consecuencias", rechaza lel auto una de las múltiples alegaciones del fiscal superior.

Barceló mantuvo que los recusados se habían contaminado al hacer algunas valoraciones jurídicas en sus resoluciones sobre el caso.

Simples citas

"La valoración jurídica que constituye un pronunciamiento incompatible con la quiebra de la imparcialidad que debe guardar todo juez o magistrado implica un proceso lógico y volitivo por parte del juzgador que la emite, directa o indirectamente relacionada con unos hechos concretos", recuerda la sala especial. Esa contaminación no se ha producido en el caso Móviles: "No es valoración la transcripción literal de párrafos vertidos por algún operador jurídico durante el debate, o bien la concreción y plasmación de datos obrantes en la causa. En tales casos no existe razonamiento lógico concluyente, porque se trata de la mera transposición de datos o manifestaciones que aparecen literalmente en la causa".

El tribunal ahora confirmado tendrá que señalar el juicio oral contra Florit, que está de baja médica y que hoy empieza una jubilación anticipada solicitada por él mismo.

Las acusaciones reclaman 44 años de inhabilitación para Florit, que sostiene su inocencia, al igual que el ministerio fiscal.