La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha desestimado el recurso de la Asociación Empresarial del Servicio Discrecional de Viajeros contra el Plan Insular de Transporte Regular.

Con este pronunciamiento, contra el que cabe recurso de casación, el TSJB valida el Plan Insular de Transporte Regular de Viajeros por Carretera que fundamenta las nuevas concesiones de bus interurbano y el Aerotib.

El tribunal desestima el recurso de la patronal de transporte discrecional contra este plan aprobado por el Consorcio de Transportes de Mallorca en agosto de 2017.

El plan es el documento en el que se fundamenta el nuevo modelo de concesiones de transporte regular por carretera, que la Conselleria destaca por el cambio que supondrá respecto al sistema actual, "con buses nuevos no contaminantes, un 50% más de frecuencias y nuevas rutas, entre otras mejoras".

La asociación empresarial cuestionaba el modelo de las nuevas concesiones de servicio de autobús por carretera y otros aspectos como la puesta en marcha del servicio de la Aerotib -que creó líneas directas desde aeropuerto a distintos municipios de Mallorca- o el uso compartido del transporte regular y escolar.

La patronal también ponía en duda en el recurso el procedimiento seguido para la aprobación del Plan.

El TSJB ha desestimado todos los motivos del recurso, ha corroborado que el procedimiento fue correcto y, por tanto, valida el Plan de Transporte por Carretera. En el caso del transporte escolar, el TSJIB señala que no hay ningún incumplimiento de la normativa sobre seguridad y que se trata de una optimización de los recursos económicos decidida por la administración.

En cuanto a la Aerotib, el tribunal aclara que no discrimina a los residentes, como alegaba la asociación y añade que la importancia del transporte desde el aeropuerto hasta núcleos turísticos muy demandados de Mallorca es una cuestión de interés estratégico para la isla, que tiene también su importancia a nivel económico y para el desarrollo del turismo.

Además destaca que constituye una forma de cohesionar el territorio con una buena conexión entre el aeropuerto y los municipios, "facilitando el desplazamiento rápido y fácil de los viajeros".

El tribunal afirma que muchas de las argumentaciones de los recurrentes son posicionamientos subjetivos e interesados.