El caso Móviles estalló el 11 de diciembre del año pasado cuando equipos de la Policía Judicial requisaron, por orden del juez Miguel Florit, los móviles a dos periodistas (Blanca Pou y Kiko Mestre) que informaban sobre el caso Cursach, la presunta trama de corrupción en torno al magnate de la noche del mismo nombre. El auto del magistrado contra el que ayer se abrió juicio oral provocó una enorme indignación en muchos sectores de la sociedad y dio pie a la oleada de solidaridad con Mestre y Pou de El secreto no se toca.

Más tarde se conocieron otras resoluciones del exinstructor del caso Cursach donde disponía el control de las llamadas de los móviles de Mestre y Pou, así como el análisis de su geoposición para determinar con quién habían hablado en determinados días en los que se habían publicado informaciones sobre la trama de corrupción.

Diario de Mallorca y Europa Press denunciaron los hechos y después se unieron como acusaciones Efe y la Asociación de Medios de Información (AMI).

Sus querellas han dado lugar a que el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ordene la celebración de un juicio contra el magistrado Florit, defendido por Josep Zaforteza y que se proclama totalmente inocente.

Un auto, dictado por la sala de lo Civil y de lo Penal del TSJB el pasado 25 de julio y donde se confirmó el procesamiento del magistrado, da las claves del caso Móviles y de lo que será el futuro juicio.

“En este proceso lo relevante no es la injerencia (en cuanto a intromisión en la intimidad), sino la denunciada vulneración del derecho de los periodistas al secreto profesional, a no revelar las fuentes de información”.

Sin ponderar

Los magistrados Antoni Terrasa, Carlos Gómez y Pedro Barceló (que constituyeron el tribunal que ratificó el procesamiento de Florit) insistieron en que el núcleo del asunto versa “sobre la posible vulneración del secreto profesional de los periodistas sin la necesaria ponderación (en los autos objeto de denuncia)”.

Florit dictó las cuatro resoluciones que le han llevado al banquillo a petición de los inspectores de la Policía Judicial que investigaban qué funcionarios del caso Cursach estaban pasando a la prensa datos reservados de las pesquisas. El juez contó con el visto bueno del fiscal Juan Carrau (que declaró como imputado en el caso Móviles, pero después fue exculpado) y de la fiscalía anticorrupción. En opinión del TSJB, Florit no analizó en sus resoluciones si sus medidas sobre los móviles de los periodistas iban a sacar a la luz las fuentes de estos y, por tanto, podían lesionar su derecho constitucional al secreto profesional.

“Lo específico es que las personas sometidas a esas medidas (control de sus llamadas, requisa y análisis de sus teléfonos y ordenadores) eran periodistas protegidos, en cuando a su secreto profesional, por el artículo 20 apartado 1-d de la Constitución”, recalca el auto del TSJB.