El juzgado de instrucción número 2 de Inca, que estaba de guardia el pasado domingo, ha abierto unas diligencias para esclarecer las causas del accidente aéreo ocurrido ese día en la misma localidad y que se saldó con siete muertes.

La titular de ese juzgado ha incoado la causa por el fallecimiento de las siete personas, dos españoles, Juanjo Vidal Calero y Gustavo Adolfo Carrero; un italiano, Cedric Leoni; y cuatro miembros de la familia alemana Inselkammer, los padres y dos hijos menores de edad.

Esperando los informes

El juzgado está a la espera de los informes de la Guardia Civil y de Aviación Civil sobre las causas del siniestro. La Policía Judicial de la Guardia Civil está interrogando a testigos de la colisión entre el helicóptero y el ultraligero y personas que estaban al tanto de los vuelos de las dos aeronaves.

Por otro lado, expertos de Aviación Civil iniciaron el lunes por la tarde el trabajo de campo en la zona donde quedaron esparcidos los restos de las aeronaves.

La apertura de una causa penal es el procedimiento habitual cuando se produce lo que técnicamente se conoce como fallecimientos judiciales, aquellos donde no existe un certificado médico de las causas del óbito.

Accidentes de coche

Lo habitual en este tipo de procedimientos son los fallecimientos por accidentes de tráfico. En Mallorca se han abierto muy pocas causas por siniestros aéreos. No obstante, la instrucción de estas diligencias es similar en ambos casos: interrogatorio de posibles testigos, informes periciales médicos y forenses, atestados policiales e informes técnicos, en este caso a cargo de Aviación Civil.

El juzgado de instrucción dos de Inca requerirá a Aviación Civil su dictamen, pero este puede tardar meses en estar completado.

En la causa se podrán personar los familiares de los fallecidos, la empresa propietaria del helicóptero, su aseguradora y la posible compañía de seguros del ultraligero, pilotado por Juanjo Vidal.

También pueden ser parte los vecinos de la zona del siniestro y que hayan sufrido daños materiales a consecuencia del accidente.

Todas las pruebas servirán para esclarecer las causas del choque aéreo. El hecho trágico de que los dos pilotos murieran el domingo podría llevar a un archivo de la causa penal, dado que el fallecimiento extingue este tipo de responsabilidades.

La jueza podría así dictar el sobreseimiento de las diligencias con ofrecimiento a las partes para que inicien acciones civiles, si así lo estiman oportuno. Los familiares de las víctimas mortales tienen derecho a indemnizaciones y están también las pérdidas materiales por las dos aeronaves destruidas.

Terceros perjudicados

Los herederos de los pasajeros del helicóptero y los vecinos afectados podrían cobrar con mayor facilidad esas compensaciones, dado que las aseguradoras están obligadas, en teoría, a indemnizar a terceros perjudicados.

De forma paralela se pueden depurar posibles responsabilidades administrativas en materia de navegación aérea. Sin embargo, los expedientes administrativos deben permanecer en suspenso en tanto no se substancian las posibles responsabilidades penales.ves.

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