Las autoridades españolas se han negado a conceder la condición de refugiado a un joven ucraniano, que lleva viviendo en Palma, que pidió protección porque teme que las autoridades de su país le movilicen para cumplir el servicio militar y le envíen a la guerra. El rechazo a que se le declare refugiado en España ha sido ratificado por un tribunal de la Audiencia Nacional.

El joven llegó a Mallorca en el año 2001 cuando era menor. Ha estudiado en la isla y no tiene ningún conocimiento de la lengua materna. Ni la habla y mucho menos la escribe. El extranjero viajó hace ahora nueve años a su país, acompañado por su madre. El motivo era renovar el pasaporte de su país, lo que equivale al DNI en España. Para conseguir este documento era necesario pedir permiso en el cuartel militar de su ciudad. Al acudir allí un militar le indicó a su madre que no podría obtener el documento, ni tampoco salir del país, porque le quedaban pocos meses para cumplir los 18 años y podría ser movilizado para realizar el servicio militar.

El joven se las apañó para salir de Ucrania y volver a Mallorca. Unos amigos de su madre le compraron el billete para marcharse. El extranjero residente en Mallorca alegó que la ley de su país obliga a los hombres entre 18 a 27 años a realizar el servicio militar durante un año y medio. En su ciudad, señaló, hay una base militar y que era seguro que a él le enviarían a a guerra.

El tribunal de la Audiencia Nacional ha analizado la situación bélica que padece Ucrania. En realidad, el Gobierno no ha declarado oficialmente el estado de guerra, pero sí es cierto que se realizan acciones bélicas contra comandos terroristas. Por esta razón, el Gobierno aprobó una orden por la que se podría reclutar a más de 150.000 hombres, a la vez que ha intentado integrar en el Ejército regular a las milicias y a los grupos armados que se caracterizan por su extrema ideología nacionalista. Los jueces no creen que al joven de Mallorca se le pueda enviar al conflicto armado, en el caso hipotético de que se le llame para realizar el servicio militar. La ciudad donde reside su familia está muy alejada del conflicto, lo que reduce las posibilidades de que intervenga en un enfrentamiento armado. La guerra se desarrolla en la zona limítrofe con Rusia. El conflicto es muy grave, ya que las milicias atacan escuelas, guarderías y centros médicos, además de ocupar casas de civiles.

El tribunal ha valorado que en Ucrania también se aceptan excepciones para no entrar en el ejército, como por ejemplo razones de conciencia o religiosas. Ninguna de las dos circunstancias han sido alegadas por este ucraniano que reside en Mallorca.

La sentencia de la Audiencia Nacional señala que "el hecho de desertar o ser considerado prófugo del servicio de armas en su país de origen, no es por sí solo motivo de concesión de la condición de refugiado o del otorgamiento de algún tipo de protección". Recuerda además que el criterio de los jueces es muy claro, plasmado en varias sentencias, que si en el país de origen del solicitante el servicio militar es obligatorio, no puede pretender que el Tribunal Supremo favorezca el incumplimiento de ese deber civil.

Renegar del Ejército no es suficiente

La sentencia incide también en que "es comprensible que los que puedan ser llamados a filas tengan temor a la guerra, pero dicho temor, que todos tenemos, o el deseo genérico de no matar, que todas las personas nobles poseen, no constituye un supuesto de asilo". Tampoco cree el tribunal que existen razones humanitarias que justifiquen que España apruebe una especial protección hacia este joven ucraniano, que de momento puede seguir residiendo en Mallorca.

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