El delito electoral confesado en la campaña electoral de 2007 por Fernando Areal, gerente del PP y cuñado del candidato Jaume Matas, supondrá un castigo económico para el partido beneficiado por el fraude. La sala de lo contencioso del Tribunal Superior ha desestimado esta semana el recurso de los populares para eludir la devolución de 153 mil euros, hasta 212 mil con intereses. Esta cantidad había sido cobrada de más, según cálculos efectuados por la Sindicatura de Cuentas y asumidos por el Govern de Francina Armengol sobre las subvenciones a partidos. La valoración goza ahora del refrendo del TSJ.

El evidente perjuicio económico no es la única lesión que sufre el PP en una sentencia contundente, en la que Carmen Frigola ha actuado como ponente del tribunal. Frente al énfasis de los populares por desvincularse de Areal, un mero vástago de Matas, la magistrada destaca que las maniobras del administrador de la campaña le atañen "directa e íntimamente, porque afectan a la contabilidad de ese partido".

Obligada a reseñar la evidencia ante las pretensiones del PP, la sentencia destaca que la "contabilidad fraudulenta" tejida en la sede del partido "tenía como sujeto y beneficiario al Partido Popular". Sin llegar en ningún momento a traspasar la frontera de la financiación ilegal, la sentencia que confirma el pago de 153 mil euros se fija con insistencia en el misterioso origen de los 72 mil euros que cimentaron la condena del gerente Areal. Estos ingresos no aclarados, una de las carencias que el tribunal reprocha a los populares, están en la base de la reclamación del Govern.

El PP pretendía paralizar cautelarmente la devolución del dinero mediante la interposición del contencioso. Sin embargo, el Tribunal Superior también rechazó esta aspiración previa, y obligó al partido a desembolsar los 153 mil euros con independencia de la sentencia ahora dictada. La cantidad que restaña los delitos de 2007 tuvo que ser aportada directamente por Génova.

La sala no se ha dejado enredar en el tinte partidista imprimido por el PP a su recurso. De ahí que se sienta obligada a recordarle que "no importan alegaciones de corte político o ideológico, harto profusas en la demanda que, teniendo su espacio y actuación en el campo de la acción política, son del todo inútiles en este foro".

Las dos condenas penales sufridas por el PP sobre el dopaje de la campaña de 2007 no ocultan la ironía de que supusiera la salida de Matas del Govern, y el comienzo de su calvario. Se da también la paradoja de que el ejecutivo de Francesc Antich visó en 2008 el abono de la cantidad ahora revertida. La investigación a cargo de José Castro del caso Palma Arena, escándalo citado por el TSJ, conllevaría en 2015 la condena por conformidad de Areal.

Hasta donde lo autoriza la gelidez judicial, el Superior se escandaliza por dos veces ante la tesis de los recurrentes de que "no es posible jurídicamente trasladar al Partido Popular los hechos reconocidos por un tercero en el proceso penal, en donde el PP no fue parte ni ha sido objeto de ninguna responsabilidad". La categórica réplica estatuye que "el denominado tercero es nada más y nada menos quien ostentaba el cargo de Administrador de la candidatura, con un manejo y conocimiento de las cuentas absoluto y total". El Consell Consultiu estimó una devolución mitigada para el PP, también desechada por los jueces frente a la reclamación del Govern.

A la vista de una sentencia recurrible ante el Supremo, un pago discreto hubiera sido preferible a la confrontación judicial saldada con un varapalo ejemplar. El contencioso ha reavivado "la sentencia que declara una conducta realizada por el Administrador de la candidatura del PP fraudulenta". En un colofón que conjuga lo jurídico y lo moral, se recuerda que "falsear la contabilidad del partido en orden a obtener una subvención produce sus consecuencias, no solo en el ámbito penal, sino también administrativo".

"No es admisible" que el PP "alegue en su favor su propia torpeza"

La argumentación del PP para evitar la devolución de 153 mil euros tras el "delito electoral" no ha concitado la simpatía de la sala, que "rechaza las gratuitas descalificaciones sobre la independencia (de la Sindicatura de Cuentas) que además de innecesarias, son institucionalmente improcedentes".

La ponente reprocha asimismo a los populares las "alegaciones subjetivas que, por su evidente falta de rigor jurídico, deben rechazarse". El PP pretendía enfangar el debate contencioso en las "razones políticas, ideológicas y partidarias" que inspirarían al Govern progresista.

Ante el misterioso origen del dinero dilapidado por la campaña de Matas en 2007, los jueces recuerdan que "no es admisible que la parte alegue en su favor su propia torpeza".