En España varios jueces y magistrados han sido juzgados, y en algunos casos condenados, por prevaricación, pero hasta el caso Móviles no se había producido la confluencia de este delito con el derecho a la información en su vertiente del secreto profesional de los periodistas. La magistrada Felisa Vidal, que ha procesado al juez Miquel Florit por prevaricación y otros delitos, analiza en su auto jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), donde sí se prima el secreto de las fuentes frente a resoluciones judiciales y casos del Tribunal Supremo español relativos al secreto profesional de los abogados.

La tesis de la magistrada es que los cuatro autos dictados por el juez del caso Cursach en una pieza separada donde se investigaba, inicialmente, si funcionarios públicos habrían revelado a la prensa partes secretas de esa causa, "podrían suponer un atentado al derecho al secreto profesional, amparado en el artículo 20. 1. d de la Constitución Española y en el artículo 10,1 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, puesto que este secreto incluye el derecho de los periodistas a mantener en el anonimato a sus fuentes".

Vidal explica que el TEDH ha dictaminado que el secreto profesional de los periodistas "pueda ser limitado o resultar ineficaz por un interés legítimo relevante, que deberá ser valorado en el caso concreto; restricción que deberá ser interpretada siempre de forma restrictiva".

Vidal analiza si Florit limitó el derecho profesional de los periodistas Kiko Mestre y Blanca Pou por una poderosa razón pública. "Desde el punto de vista del interés público entre la persecución del delito de revelación de secretos y el derecho a la ocultación de las fuentes, debe primar este último, por estar ligado a la libertad de prensa y a la libertad de información, que goza de preeminencia frente a otros bienes jurídicos protegidos, como son el buen funcionamiento de la Administración de Justicia...", argumenta la jueza. El Tribunal Supremo tendrá que pronunciarse también sobre el caso Móviles, dado que la exculpación del fiscal Juan Carrau ha sido recurrida por la acusación particular.

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