Una sentencia de un juzgado de Palma, que cayó al suelo y se rompió la rodilla. La caída se produjo al pisar un charco de agua, que la víctima no vio, ya que iba empujando el carrito porque en ese momento ya estaba abandonando el supermercado.

La víctima, representada por el abogado Miguel Guillem Ramis, recibirá una indemnización de casi 41.000 euros por los daños y perjuicios sufridos tras esta caída.

El hombre, además de estar cinco días ingresado en una clínica, tardó casi dos años en recuperarse de esta lesión, que todavía arrastra.

El juzgado de primera instancia, que ha adoptado esta decisión, recuerda una sentencia de la Audiencia de Palma que establece que la actividad de un supermercado, si bien no es peligrosa, uno de los riesgos es, precisamente, la caída de productos en el suelo que pueden convertirlo en muy resbaladizo, y que un cliente entretenido en observar los productos, pueda no apreciar la sustancia resbaladiza y pueda caerse.

Esta es la situación que sufrió este cliente, que cuando se dirigía a la salida del supermercado acompañado de su mujer, resbaló al pisar una sustancia líquida, perdiendo el equilibrio y cayendo al suelo.

Dos mujeres extranjeras que presenciaron el accidente confirmaron que en el suelo había un líquido resbaladizo, posiblemente agua.

Por este motivo, la sentencia dictada confirma la responsabilidad del supermercado en este accidente.