El anhelo de un vecino de Palma de no dejar en la calle a su única hija discapacitada cuando él muriera le ha estado a punto de costar la cárcel. Un acreedor, al que el padre debía 310.000 euros de un antiguo préstamo, le denunció por alzamiento de bienes, un delito del que ahora ha sido absuelto.

Los hechos se remontan a 2012, cuando el acusado tenía importantes problemas económicos y debía dinero a varios bancos y a un conocido, que le había prestado 310.000 euros, suma que no pudo devolver. El dinero estaba destinado a un prometedor negocio entre el mallorquín, defendido por Bartolomé Vidal, y unos italianos. Pero lo que iba a ser una buena oportunidad acabó convirtiéndose en una ruina.

El acreedor reclamó, como es lógico, su dinero al endeudado acusado. Tras muchos tiras y aflojas, el ahora absuelto firmó un contrato privado con el prestamista al que compensaba la deuda con un inmueble.

Miedo a los bancos

De forma paralela, el padre temía que los bancos le apretaran más y se quedaran con la casa familiar, donde también vivía su hija con discapacidad psíquica.

El cabeza de familia consultó con abogados y otros asesores, que le recomendaron utilizar una fórmula del derecho civil balear muy adecuada para la situación: la donación con definición de legítima.

Este mecanismo permitió ceder a la hija de por vida el usufructo de la casa familiar, que seguía siendo propiedad de su padre. Sin embargo, el acreedor volvió a la carga al no contentarse con el contrato privado y reclamó su deuda. Finalmente se querelló por alzamiento de bienes contra el acusado. El querellante falleció y después sus hijas heredaron el pleito y reclamaron cuatro años de cárcel para el padre. La fiscalía también le acusó por alzamiento de bienes y solicitó año y medio de privación de libertad.

La sentencia da la razón a Bartolomé Vidal y absuelve al padre. Según el juez, Fernando Ruiz-Rico, el acusado pensaba que ya había saldado la deuda con el prestamista y disponía de otro patrimonio con el que el segundo podría haberse resarcido. "La donación solo se otorgó para proteger a la hija de los bancos, a los que no consta que se haya perjudicado", concluye la sentencia.