El tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia, a través de una resolución que firma el juez Diego Gómez Reino, ha confirmado la sentencia en la que se condena al abogado Vicente “Coco” Campaner por un delito de quebrantamiento de una medida cautelar, al colgar en Facebook una imagen de uno de los testigos claves del caso Cursach, incumpliendo una orden judicial.

Así, la Audiencia rechaza el recurso planteado por el abogado de las manifestaciones contra los instructores del caso Cursach y confirma que el abogado tendrá que pagar una multa económica de 2.100 euros.

El abogado figura como investigado en numerosas causas que se investigan en distintos juzgados de Palma, entre otras cosas por insultar al juez Penalva y al fiscal Subirán así como por haber presuntamente coaccionado a testigos del caso Cursach para que modificaran su declaración.

La última denuncia contra el abogado se presentó el pasado martes en el juzgado de guardia. La presentó un antiguo alto cargo de la empresa Cursach, que denunció graves irregularidades en su etapa como subdirector del local Megapark. Este testigo explicó en su denuncia que había recibido mensajes a través de internet, enviados por “Coco” Campaner, en las que le invitaba a quedar en un bar, después de enviarle numerosas noticias de prensa en las que se hablaba de la mala actuación de la Policía, del juez y del fiscal del caso Cursach. El testigo se sintió coaccionado por este interés del abogado.

Los hechos por los que Campaner ha sido condenado a pagar una sanción económica están relacionados con el incumplimiento de una orden que dictó en abril de 2018 el juzgado de instrucción número 10 de Palma, en la que se le prohibía acercarse al testigo protegido número 29 de la trama Cursach. También se le prohibía publicar en redes sociales y medios de comunicación datos personales del testigo que pudieran facilitar su identificación o localización.

El acusado, sin embargo, el día 5 de mayo de 2018 publicó a través de la red social Facebook un mensaje que decía “buenas tardes, en unas horas muchos nos volveremos a ver de nuevo después de muchos y duros meses, pero también conoceremos a otros ofendidos, perjudicados o indignados por la corrupción judicial”. A este mensaje lo acompañó con un vídeo de una declaración judicial en la que aparecía el testigo 29.

Vicente Campaner, en su defensa, declaró que había ordenado pixelar la cara del testigo y distorsionar su voz para que no se identificara al testigo. Sin embargo, esta afirmación fue rebatida por el testigo, que insistió en que en la imagen se le reconocía perfectamente.

La Audiencia de Palma señala en su sentencia que el abogado del caso Cursach no podía ignorar que estaba infringiendo el principio de autoridad por la que se le prohibió toda comunicación sobre el testigo, ya que esta medida judicial estaba dirigida a evitar causarle a este persona cualquier tipo de “perturbación, presión psicológica, acoso y exposición pública en las redes sociales”.