El Tribunal Superior de Justicia de Balears ha confirmado la sanción impuesta a un policía de la Jefatura de Palma, que es representante sindical, por la discusión verbal que mantuvo con un subinspector, al que insultó llamándole "payaso". El agente ha sido sancionado con la suspensión de funciones durante un periodo de cuatro días como responsable de una falta disciplinaria de carácter leve. Lógicamente, esta sanción repercutirá en su sueldo, si bien no tendrá ninguna consecuencia en su hoja de servicios, ni tampoco le obligará a cambiar de destino.

El incidente por el que han tenido que pronunciarse los jueces ocurrió el día 13 de enero del año 2015 en los juzgados de Vía Alemania. El subinspector, responsable de uno de los grupos de atención al ciudadano, acudió a los juzgados a prestar declaración en un juicio penal. En la sede judicial coincidió con un policía, de una categoría profesional inferior a la suya. La sentencia declara probado que este policía increpó a su superior, al que llamó "payaso". El conflicto no se limitó a un simple insulto. Los dos funcionarios continuaron discutiendo y el policía sancionado le dijo a su superior, textualmente, en un tono de voz alto: "Que te largues de aquí, que no te quiero ver delante mía. Que no te dirijas a mí, que te largues, que me dejes tranquilo chaval".

Esta discusión verbal fue presenciada por otros policías que también habían acudido al juzgado a prestar declaración. El subinspector había acudido acompañado de dos compañeros y uno de ellos, dado el cariz de la discusión, decidió grabar los hechos con su teléfono móvil. Esta grabación, que el policía ha intentado impugnar (aunque no lo ha conseguido) fue la prueba clave que se valoró para confirmar la falta de respeto que mostró el funcionario sobre su superior. Al día siguiente de los hechos el oficial presentó una denuncia interna, detallando los hechos que habían acontecido el día anterior en los juzgados.

Esta denuncia justificó el inicio de un expediente disciplinario. El instructor, a cargo de un comisario, se encargó de tomar declaración tanto al suboficial que denunció los hechos, como al agente denunciado. También se tomó declaración a los agentes que aquel día estaban en el juzgado, así como a otros testigos que presenciaron los hechos. Todos confirmaron la descalificación que había utilizado el funcionario para menospreciar a su superior jerárquico.

La sentencia detalla que este policía sancionado es representante del sindicato policial mayoritario en la Jefatura de Palma, figurando como delegado desde el año 2012. Su condición de sindicalista fue una de las razones por las que el instructor remitió las diligencias a la Comisión de Personal del Consejo de Policía, que realizó el correspondiente informe.

Invalidar una prueba

El agente sindicalista mantenía que la grabación aportada como prueba en el expediente disciplinario era nula, por cuanto se habían tomado imágenes sin su consentimiento. Sin embargo, esta estrategia ha sido rechazada por el tribunal, por cuanto se señala que la grabación, realizada con un teléfono móvil, se hizo en un lugar público, que recogía la discusión en voz alta que estaban manteniendo dos funcionarios de Policía. Y recuerda que, debido al elevado tono de la conversación, fue otro de los policías el que decidió grabar los hechos con su teléfono. El tribunal deja claro que no se trató de una conversación privada, sino de una discusión en público.

Sobre la medida disciplinaria, el tribunal recuerda que existe una norma, de obligado cumplimiento por los policías, que sanciona la "grave desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o ciudadanos, en el ejercicio de sus funciones". El tribunal entiende que la sanción impuesta es acorde a la gravedad de los hechos ocurridos.